23 de febrero 2017 - 00:20

Primer fallo contra decreto de Macri anticipa puja por ART

• JUEZ DEL TRABAJO CONSIDERÓ "INCONSTITUCIONAL" DNU QUE CAMBIÓ RÉGIMEN DE ACCIDENTES DE TRABAJO
Por un caso particular y “de oficio”, sentó la base para futuras demandas apenas se promulgue la ley. Enojo del fuero laboral y críticas de la UART.

Alejandro Aníbal Segura
Alejandro Aníbal Segura
Un juez dio el primer paso para atizar un conflicto que podría volverse complejo para el Gobierno por la ley que modificó el Régimen de Accidentes de Trabajo. El juez subrogante del Juzgado Nacional del Trabajo N° 41, Alejandro Segura, dictó la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 57/2017 firmado por Mauricio Macri que exigía, con carácter obligatorio y excluyente, a quienes sufran un accidente de trabajo iniciar un procedimiento administrativo ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales, antes de promover una demanda en la Justicia. Aunque la decisión no es de alcance colectivo y sólo impacta en el DNU, sienta el primer precedente en contra de la norma que ya fue aprobada por el Congreso pero que aún no fue promulgada. Es, además, la antesala de una puja con las asociaciones de abogados que anunciaron que buscarán voltear la ley en cuanto se publique en el Boletín Oficial.

Mientras tanto, el fuero Contencioso Administrativo Federal demora una definición por dos planteos contra el DNU. En tribunales, interpretaron que el Ejecutivo se había apurado en dictar un DNU para poner en vigencia, en plena feria, una reglamentación que ya tenía un proyecto de ley con media sanción. Sin embargo, le dieron oxígeno al Ejecutivo para buscar una salida política que le permitió aprobar en Diputados el proyecto. Sin haberse promulgado, ahora existe un período "ventana" en el que permanece vigente el DNU (que no se dio de baja pese a la aprobación de la ley) a la espera de que se publique lo que fue aprobado en el Congreso.

La base del rechazo judicial fue que la obligatoriedad de las Comisiones y el nuevo régimen es contrario a la Constitución y vulnera Tratados Internacionales. Pero Segura adelantó, además, que su criterio "no se modificará en un ápice" cuando se publique la ley dado que es una réplica del DNU. En realidad, este punto es el más relevante de la puja porque anticipa una pelea que están dispuestos a dar los abogados por un lado y los jueces del fuero del Trabajo ahora. La falta de timing del Ejecutivo para arremeter contra dos camaristas de ese fuero por haber otorgado la razón a la disputa paritaria de los bancarios, azuzó el malestar existente en esos tribunales contra el Gobierno a quienes señalaban por intentar "desguazar" a la Justicia nacional del Trabajo con el traspaso a la órbita de la Ciudad. La disputa de fondo quedará en la superficie apenas se promulgue la ley, y los planteos para anularla se vuelvan a multiplicar. El fallo de Segura, indica que pueden tener acogida, algo que Ámbito Financiero adelantó el 30 de enero.

En un poco convencional fallo en su redacción, el juez se declaró competente para atender la demanda, con dardos lanzados hacia la "autonomía" porteña que enmarca el cuestionamiento de los jueces al traspaso anunciado por el Gobierno. Segura tachó el DNU por su "inconvencionalidad e inconstitucionalidad", además de violatorio del "principio de igualdad". Subrayó en eso la diferencia en el tratamiento que habría sobre trabajadores registrados y no registrados en el trámite administrativo.

Desde la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo salieron al cruce del fallo, luego de mensurar las implicancias que podría tener, sobre todo con la mira a futuro ya que la ley podría transitar por el mismo camino que el DNU objetado. A través de un comunicado, remarcaron que su sentencia fue una "declaración de oficio", en la que no se le dio traslado para que los demandados opinen. Segura admitió esa posibilidad, pero aclaró que debía hacer esa consideración a la vez que declararse competente para intervenir.

Desde la UART, aseguraron que el juez asumió la vigencia del DNU, "sin tener en cuenta su inoperatividad y falta de reglamentación. Es una declaración en abstracto e innecesaria sobre un caso en el cual no es aplicable el DNU", se quejaron. Sumado a eso rechazaron que exista desigualdad en el proceso porque no consideraron situaciones asimilables las de los trabajadores registrados y los no registrados.

Destinada a bloquear la denominada industria del juicio, el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) y la agrupación Encuentro de Abogados Independientes esperará que se oficialice la vigencia de la ley para plantear su inconstitucionalidad. A esto se le agregará que cada planteo que ingresa en el fuero del Trabajo por una demanda de este tipo ha pedido que se declare su inconstitucionalidad. Este pleito tendrá como destino final para su definición la Corte Suprema de Justicia.



Juez declaró la inconstitucionalidad del DNU de Macri por ART by ambito.com on Scribd

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