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3 de abril 2020 - 07:16

Nuevo certificado para circular: ¿quiénes deben tramitarlo?

El Gobierno detalló quiénes deben tramitar el nuevo Certificado Único Habilitante para Circulación y quiénes están exceptuados de hacerlo.

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Algunas actividades esenciales quedan exceptuadas de circular con el permiso por la vía pública.

A partir del anuncio de extensión de la cuarentena obligatoria, el Gobierno detalló quiénes deben tramitar el nuevo Certificado Único Habilitante para Circulación y quiénes están exceptuados de hacerlo.

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La Jefatura de Gabinete informó que algunas actividades esenciales quedan exceptuadas de circular con el permiso por la vía pública. En estos casos, podrán continuar brindando servicios con los permisos preexistentes.

El certificado se valida a través de la plataforma "Trámites a Distancia" (TAD), ingresando a la página web https://tramitesadistancia.gob.ar/, y será exhibido a requerimiento de la autoridad competente al momento de circular por la vía pública, junto con el Documento Nacional de Identidad.

Quienes deben tramitar el Certificado Único de Circulación:

Quienes pueden circular sin el permiso:

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