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24 de octubre 2002 - 00:00

"A" 3778 SOBRE EL RESCATE DE BONOS BODEN 2005 Y 2012 (24/10/02)

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Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“. Sustituir el primer párrafo del 8. del “égimen de reprogramación de depósitos”-texto según Comunicación “”3740- por el siguiente:

“os titulares de depósitos reprogramados que hayan optado por recibir “onos del Gobierno Nacional en Dólares Estadounidenses Libor 2012”y/o “onos del Gobierno Nacional en Dólares Estadounidenses Libor 2005”conforme a lo previsto en los puntos 4.1. a), 4.3. del presente régimen -texto según Comunicaciones “”3637 y complementarias- o los tenedores de dichosbonos que los hubieran recibido conforme a lo dispuesto en el artículo 9° inciso a) del Decreto 905/02, comunicando su intención a la entidad financiera, podrán:”

2. Sustituir el segundo párrafo del punto 8.3.1. del “égimen de reprogramación de depósitos”-texto según Comunicación “”3740- por el siguiente:

“n los casos en que el saldo así determinado no supere el importe de $ 7.000, el titular podrá requerir el rescate total o parcial de las tenencias correspondientes de estos bonos al equivalente de $140 o del precio pagado al momento de la suscripción si se tratara de “onos del Gobierno Nacional en Dólares Estadounidenses Libor 2005”recibidos conforme la opción establecida en el segundo apartado del punto 4.1. a) del “égimen de reprogramación de depósitos”-texto según Comunicación “”3637 y complementarias-, actualizado por el valor del “oeficiente de Estabilización de Referencia”(“ER” que surja de comparar el índice al 3.2.02 y el de la fecha de pago, por cada US$ 100 de valor nominal del bono.”

3. Establecer que en el caso de los fondos comunes de inversión, las sociedades gerentes podrán remitir a las entidades financieras hasta el 5.11.02, inclusive, la información correspondiente a las opciones del canje II de los depósitos en el sistema financiero -puntos 7. y 8. del “égimen de reprogramación de depósitos” texto según Comunicaciones “”3740 y 3757- ejercidas por los cuotapartistas hasta el 30.10.02, inclusive.”


Saludamos a Uds. muy atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Alfredo A. Besio Gerente de Emisión de Normas
José Rutman Gerente Principal de Normas y Autorizaciones

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