Finalmente, el Banco Central será quien pague los amparos que ordene la Justicia a los ahorristas de los bancos, aunque la implementación demoraría algunos días más. La entidad, que preside Aldo Pignanelli, dará a conocer en las próximas horas un procedimiento para cumplir con el artículo 3 del último decreto «antiamparos», que establece la obligación de que sea el BCRA quien cumpla con las órdenes judiciales.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
Mediante una carta, ayer el ministro de Economía, Roberto Lavagna, detalló a Pignanelli cómo debería de ser este procedimiento.
Esta misiva, quedaron aclarados dos puntos: 1) el Central deberá dar redescuentos a los bancos que no tengan fondos para cumplir con los amparos, y 2) todos los oficios tienen que ser pagados a dólar libre, tal como lo determina la Justicia.
A mitad de esta semana, el titular del BCRA había manifestado que la autoridad monetaria no estaba en condiciones de cumplir con el decreto. Y dejó trascender la posibilidad de que sean los bancos quienes se encarguen de cumplir con los amparos.
Pero Lavagna ayer confirmó la vigencia del Decreto 1.316/ 02 y la obligación de que el BCRA pague los amparos, claro que siempre «a cuenta y orden de la entidad financiera».
De esta forma, cambia el procedimiento que los ahorristas y la Justicia seguían hasta ahora, que era dirigirse al banco para que éste cumpla con el pago del amparo.
Por otra parte, ayer el BCRA dio a conocer el procedimiento para que los mayores de 75 años y otros casos considerados como «excepciones» puedan disponer de sus depósitos reprogramados en cuentas a la vista.
La Comunicación «A» 3.681 dispone que el propio banco es quien debe decidir la desafectación de los depósitos reprogramados (que ahora se transforman en CEDRO). En caso de que el banco se niegue, el ahorrista tendrá cinco días hábiles para realizar la queja ante el Banco Central. Y al mismo tiempo podrá recurrir a un juez para disponer de los fondos, pero en este caso no a dólar libre sino a $ 1,40 más CER.
Dejá tu comentario