Han comenzado a operar los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales para personas humanas cuya presentación y pago terminan el viernes de esta semana, con el pago de la presentación del jueves, y la AFIP ratificó dichas fechas. Sin embargo existen serias dificultades para el acceso a los aplicativos lo que motiva un nuevo pedido de mayor plazo de los contadores para cumplir en tiempo y forma con las obligaciones.
El Consejo profesional en Ciencias Económicas de CABA (CPCECABA), a través de su presidenta Gabriela Russo, envió una nota a la Subdirectora General de la Subdirección General de Servicios al Contribuyente de AFIP, Patricia Vaca Narvaja, en la cual solicita “se considere, de manera excepcional, presentadas en término aquellas Declaraciones Juradas que sean presentadas hasta el día 20/08/2021. Este corrimiento no traería aparejado un perjuicio fiscal, ya que se estaría cumpliendo con la presentación durante el mes de agosto y antes del vencimiento del primer anticipo del Período Fiscal 2021”.
En la misma hace notar que las aplicaciones “Ganancias Personas Humanas” y “Bienes Personales Web” mantiene los inconvenientes y dificultades que la entidad profesional viene manifestando hace ya varias semanas, agudizándose en las últimas horas, reportándose la imposibilidad de acceso, una extrema lentitud y el cierre repentino de sesión a escaso tiempo de ingreso, lo que hace imposible la carga de datos.
El plazo solicitado no impide que el Fisco cuente con la información para el cálculo del primer anticipo, que también vence en la última semana de agosto. La medida “redundaría en un gran alivio para los contribuyentes y los matriculados que los asisten.”
Vale destacar que también se encuentra dificultada la generación del VEP, es decir el volante para pagar el saldo resultante de la declaración jurada presentada.
Por otra parte, estos vencimientos están ocurriendo a la par del plazo otorgado por el ente recaudador para la recategorización de los monotributistas, en función de los nuevos parámetros determinados, y la presentación de las declaraciones juradas mensuales correspondientes a los aportes y contribuciones patronales con destino a la seguridad social.