A través de la Ley Nacional de Alquileres quienes firmen nuevos contratos tendrán algunos cambios: los incrementos serán cada 12 meses establecidos por un índice que tiene en cuenta la inflación y los salarios. Además el contrato mínimo será por tres años, se pagará un solo mes de deposito, se amplían la gama de opciones de garantías, los contratos deberán ser inscriptos en la AFIP, las expensas extraordinarias quedan a cargo del locador, y los inquilinos podrán rescindir el contrato, en algunos casos, sin pagar penalidad.
¿Cómo se aplicarán los aumentos?
En julio se aplicará la nueva fórmula de indexación de los alquileres. Será solamente para aquellos contratos que fueron firmados ese mismo mes en el 2020.
Para calcular el aumento habrá que consultar el Índice para Contratos de Locación (ICL) que publica el Banco Central y que contempla por partes iguales la variación de la inflación (IPC del Indec) y de los salarios según el Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).
¿Cuáles son los principales cambios?
Inquilinos Agrupados desglosó la nueva Ley de Alquileres y analizó punto por punto los cambios. Aquí los principales:
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