En el marco de lo dispuesto por el Decreto 310/2023, que estableció un Derecho de Importación Extrazona (DIE) del 14% para la importación de vehículos incompletos, el Gobierno dispuso este viernes algunas condiciones que deben cumplir las empresas y proyectos a fin de poder acceder al beneficio.
Recordemos que el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) creó un régimen especial para la importación de vehículos incompletos y totalmente desarmados a ensamblar en la República Argentina con la incorporación de autopartes locales. El Decreto mencionado establece la reducción de alícuotas y la eximición del pago de la tasa de comprobación para los nuevos proyectos productivos que contribuyan a la inserción de la industria en las cadenas globales de valor.
Quiénes pueden acceder a este beneficio tributario
En ese contexto, este viernes, a través de la Resolución 579/2023 de la Secretaría de Industria, se establecieron las condiciones de acceso, aceptación y control de ese programa. Entre otros puntos, se dispuso que, para acceder a este beneficio, los proyectos deberán ser superavitarios en su balanza comercial externa, en cada período anual contándose a partir del segundo año desde su puesta en marcha y en el período acumulado de cinco años.
Las empresas solicitantes deberán estar inscriptas en el Registro Único de la Matriz Productiva (RUMP). Para realizar la solicitud deberán ingresar a la Plataforma Trámites a Distancia (TAD), por medio de la clave fiscal obtenida en el sistema de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y cargar electrónicamente, en carácter de Declaración Jurada, la documentación pertinente.
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