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El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores. Los ahorristas que poseen depósitos afectados en el corralito, dependiendo de los montos y la situación en la que se encuentran, podrán optar por mantenerse dentro del cronograma vigente de devolución o bien hacerse de un bono en dólares -a 3 y 10 años- o en pesos a 5 años. Los ahorristas cuyos depósitos fueron pesificados y quedaron reprogramados podrán optar por cualquiera de los dos bonos en dólares. En tanto quienes tienen depósitos originalmente pactados en dólares sólo podrán adquirir el bono en moneda local. El cambio de fondos por bonos puede ser realizado en forma parcial o total. Para todos los casos los ahorristas tendrán 30 días hábiles bancarios, desde la publicación del Decreto en el Boletín Fiscal, para suscribirse a los bonos. De no hacerlo continúan automáticamente reprogramados.
CASO POR CASO: 1) Si se encuentra dentro de los "casos especiales" (Mayores de 75 años, enfermedad grave e indemnizaciones) que en su momento fueron exceptuados de la reprogramación de plazos fijos:
2) Si es un pequeño ahorrista y tiene depósitos que fueron pesificados y luego reprogramados por hasta $10.000:
3) Si usted tiene depósitos a la vista:
Ambas opciones deberán ser ejercidas dentro de los 30 días hábiles bancarios desde la publicación en el Boletín Oficial. 4) Si su depósito era originalmente en dólares, fue pesificado y luego reprogramado tendrá la opción de recibir el bono en dólares a 10 años al tipo de cambio $1,40 = u$s 1 o un bono en pesos a 5 años. O bien mantener su depósito reprogramado. 5) Si su depósito era originalmente en pesos podrá optar por un bono en pesos a 5 años. Caso contrario podrá mantenerse en las condiciones actuales. 6) Los depósitos reprogramados podrán utilizarse para adquirir emisiones de acciones y de obligaciones negociables. 7) Si es tenedor de obligaciones del Tesoro Nacional (vigentes al 3 de febrero de 2002) denominadas en dólares estadounidenses u otras monedas extranjeras que fueron pesificadas, podrán convertir dicha tenencia a la moneda de denominación original al mismo tipo de cambio utilizado cuando se pesificaron y manteniendo las condiciones vigentes al 3 de febrero de 2002. Usos y condiciones de los bonos: 1) Todos los bonos podrán utilizarse para la adquisición de:
Las operaciones no estarán exentas del impuesto al cheque, con lo cual habrá que pagar un adicional de 1,2%. 2) En el caso de los bonos en dólares, el inversor sólo cobrará en divisas a partir del tercer año. 3) Si se quiere comprar un bien del Estado con bonos en dólares el tipo de cambio a los que los rescatará el Estado es $1,40 = u$s1. También se aplicará el CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia) sobre el capital. 4) No todos los bonos serán monetizables en lo inmediato. El Gobierno dispondrá que porcentaje de los bonos rescatará, de acuerdo con la situación del programa monetario. Nuevos depósitos: 1) No tendrán restricción alguna en cuanto a la disponibilidad y podrán efectuarse en efectivo. Pero no admitirán trasvasamiento de fondos que estén actualmente en el corralito. 2) Los nuevos depósitos y créditos que se establezcan en pesos dentro de este esquema serán ajustados por el CER. 3) También se podrán realizar depósitos en dólares con libre disponibilidad de los mismos. ¿Qué pasa con sus depósitos si su banco quiebra? 1) Los ahorristas cobrarán sus depósitos con los fondos del SEDESA en efectivo y dentro de los 10 días hábiles desde la fecha de suspensión de la entidad. Según el siguiente detalle:
Reprogramación de los depósitos Quedan dentro del cronograma vigente para la devolución de los depósitos los ahorristas que no opten por los bonos. Se podrán vender los certificados de plazo fijo en la Bolsa. Se estima que será con un importante descuento. En todos los casos la forma de pago de las cuotas será en efectivo, con una tasa de interés nominal anual del 7% para los originados en pesos. Para los pesificados será del 2% anual sobre el capital no recalculado desde la reprogramación hasta el 03/02/2002, y a la tasa mínima del 2% o mayor que se pacte entre el titular y el banco, sobre los saldos recalculados por la aplicación del CER.
Cuenta sueldo Se mantienen liberadas y se puede extraer la totalidad del monto correspondiente al salario. Ahorristas que optaron por bonos en el corralito anterior En el corralito anterior los ahorristas cuyos depósitos no superaran los u$s 30.000 pudieron optar por bonos en dólares. En tanto quienes tienen reprogramaciones en pesos accedieron a una opción de bonos en la misma moneda. Esta nueva norma deja sin efecto deja sin efecto este punto. Aquellos que hallan optado oportunamente por estos bonos recibirán los nuevos bonos y quedarán sujetos a las nuevas condiciones
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