Tal como anticipó Ámbito, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó este viernes en el Boletín Oficial en qué se pueden invertir los dólares que se declaren en el marco del régimen de blanqueo de capitales.
Los fondos regularizados deben mantenerse en las inversiones permitidas hasta el 31 de diciembre de 2028, según lo publicado en el texto oficial.
La fecha límite para la manifestación de adhesión a la Etapa 1 del Régimen es el 31 de agosto de 2024.
Tal como anticipó Ámbito, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó este viernes en el Boletín Oficial en qué se pueden invertir los dólares que se declaren en el marco del régimen de blanqueo de capitales.
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Según lo publicado en la Resolución 590/2024, el listado contempla varias actividades productivas y recuerda que bajo este régimen los contribuyentes podrán regularizar activos no declarados, tanto en Argentina como en el exterior, mediante el pago de un impuesto especial.
Así, la normativa publicada este viernes, en el Boletín Oficial establece que se podrán adherir al blanqueo personas físicas y jurídicas residentes fiscales en el territorio nacional al 31 de diciembre de 2023. También personas físicas no residentes que hubieran sido residentes fiscales en Argentina hasta antes de esa misma fecha.
Los activos que pueden entrar en el blanqueo son los siguientes:
Los activos que entren en el blanqueo deberán depositarse en una Cuenta Especial de Regularización de Activos. La norma sostiene que se debe pagar un impuesto especial sobre el valor de los activos regularizados.
Asimismo que, la tasa del impuesto especial es del 20% para activos en Argentina y del 35% para activos en el exterior.
Los fondos regularizados pueden destinarse a la suscripción o adquisición de:
La fecha límite para la manifestación de adhesión a la etapa 1 es el 31 de agosto de 2024. En tanto, el pago del impuesto especial debe realizarse en un plazo de 90 días a partir de la adhesión al régimen.
Por último, la resolución concluye al mencionar que: "Los fondos regularizados deben mantenerse en las inversiones permitidas hasta el 31 de diciembre de 2028".
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