13 de diciembre 2007 - 00:00

Cómo devolverán impuesto riqueza

Los contribuyentes que por la nueva ley de Bienes Personales quedaron excluidos del pago del impuesto podrán reclamar desde hoy a la AFIP la devolución de los pagos de anticipos de ese impuesto abonados en 2007.

El Congreso sancionó la modificación de la Ley del Impuesto a los Bienes Personales que elevó de 102 mil a 305 mil pesos el mínimo imponible. Como esta medida es retroactiva al 1 de enero de este año, de resultar un saldo a favor del contribuyente, éste puede ser reclamado ante la AFIP para su devolución.

Según anunció el organismo a cargo de Alberto Abad, hoy se publicará en el Boletín Oficial la resolución que reglamenta la forma en que debe realizarse la operación. Establecerá que los contribuyentes que presentaron en su declaración jurada bienes por un monto igual o inferior a los $ 305 mil quedaránhabilitados para el reclamo. La resolución establecerá también que las personas con bienes inferiores a ese monto quedan exceptuadas del pago del cuarto anticipo que vence el 13 de diciembre próximo y del quinto, con vencimiento en febrero de 2008.

  • Trámite

  • La AFIP explicó que los contribuyentes pueden realizar el trámite de pedidos de devolución de fondos a través de la página Web del organismo indicando el número de Clave Bancaria Unica de la cuenta donde deben ser depositados.

    El organismo que dirige Alberto Abad recordó que todos los contribuyentes deberán igualmente presentar una declaración jurada en abril por el ejercicio fiscal de 2007, certificando la excepción del impuesto.

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