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9 de abril 2018 - 13:11

Cuáles son los instrumentos que estarán alcanzados por el cobro de Ganancias a la renta financiera

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El Gobierno nacional reglamentó el cobro del impuesto a las Ganancias a la renta financiera que obtengan extranjeros que invierten su dinero en el mercado de capitales argentino.
El Gobierno nacional reglamentó el cobro del impuesto a las Ganancias a la renta financiera que obtengan extranjeros que invierten su dinero en el mercado de capitales argentino.

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La desición establece el Impuesto Cedular de Rentas Financieras para las ganancias obtenidas por Beneficiarios del Exterior sobre los siguientes instrumentos:

títulos públicos

obligaciones negociables

títulos de deuda

cuotapartes de rentas de fondos comunes de inversión

monedas digitales

Aprobada en el Congreso a fines del año pasado, la norma establece que pagarán el 5% por las ganancias derivadas de inversiones que realicen en pesos y 15% por las utilidades acumuladas en dólares.

También alcanza, con una alícuota del 15%, sin importar la moneda de valuación, a:

algunas acciones

valores representativos de certificados de depósitos de acciones

cuotapartes de condominios de fondos comunes de inversión

certificados de participación de fideicomisos financieros y cualquier otro derecho sobre fideicomisos y contratos similares.

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