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28 de junio 2023 - 09:00

Jubilados y ganancias: todo lo que tenés que saber sobre deducciones en AFIP

El formulario correspondiente a esos trámites, pero referido a 2023, también está disponible y seguirá estando habilitado hasta marzo de 2024.

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AFIP: ganancias.

Hasta el viernes 31 de marzo, los empleados bajo relación de dependencia y los jubilados alcanzados por el Impuesto a las Ganancias pudieron declarar deducciones, solicitar la devolución de gastos a cuenta e informar datos de pluriempleo, en lo referido al 2022.

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El formulario correspondiente a esos trámites, pero referido a 2023, también está disponible y, según lo previsto, seguirá estando habilitado hasta marzo de 2024.

AFIP Impuestos ATP.jpg

AFIP: ¿Cuál es la diferencia entre deducciones y desgravaciones?

Las deducciones son importes que restan y disminuyen la base imponible sobre la cual se calculará el impuesto a pagar. Son otorgados mediante ley y tienen un valor o tope determinado.

La desgravación se trata de la eliminación del gravamen, es decir, es un concepto que no se incluirá en la base para el cálculo del impuesto sino que será descontado de los ingresos antes de calcular el monto sujeto a impuesto.

¿Cómo cargar la información en el SIRADIG?

Para hacer la gestión, es necesario ingresar en la página oficial de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con la clave fiscal, y luego clickear en la opción “Siradig-Trabajador”, la cual aparece bajo el título “Mis servicios”. Siradig es la sigla de "Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias".

Si la opción no aparece en la primera pantalla, hay que buscarla. Para eso, se debe:

ganancias.jpg

Una vez en el Siradig, el sistema pedirá elegir el período a declarar. Allí se debe pulsar en 2022, si se tiene información para ingresar correspondiente a ese período. Y luego, en “Carga de formulario”, ir a los conceptos que se necesiten, entre los cuales deberían figurar:

Cada vez que se cargan datos, es imprescindible que sean confirmados y enviados al empleador, mediante los siguientes pasos. De lo contrario, quedará una versión en borrador que no podrá ser vista por el responsable de hacer la liquidación de los ingresos.

Para la generación de la presentación, se debe:

Impuesto a las Ganancias: ¿cuáles son las deducciones admitidas

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