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La historia arranca en julio de 2001, cuando Carlos Ruckauf todavía se encontraba a cargo del gobierno. En aquel momento, la Legislatura sancionó la Ley 12.727, que declaró la emergencia económica, dispuso la emisión de los patacones y sancionó una nueva moratoria impositiva.
Esa misma Ley 12.727 dispuso, además, un aumento de emergencia de 30% en las alícuotas establecidas en ciertos artículos de la ley impositiva del año 2001 (Ley 12.576), con efecto limitado a los contribuyentes que, en el período fiscal 2000, hubiesen debido pagar el impuesto por importes superiores a $ 200.000 (artículo 36 de la Ley 12.727, con efecto respecto de las alícuotas establecidas en los incisos a, b y d del artículo 11 y en el artículo 12 de la Ley 12.576).
En esta norma se encuentra la clave del asunto, cuya naturaleza es ciento por ciento jurídica y toma sentido a partir del principio básico de la legalidad tributaria, según el cual las obligaciones impositivas sólo pueden tener por fuente a la ley, y nunca a la voluntad de los organismos recaudadores.
No debe perderse de vista que la Ley 12.576 (cuyas alícuotas fueron elevadas por la ley de emergencia) es la ley impositiva para 2001, es decir, la norma dictada para disponer en materia de alícuotas impositivas durante ese año fiscal.
Para suerte o quizá para desgracia del fisco, el Código Fiscal (donde se establecen los tributos y se definen sus características básicas) tiene carácter permanente, en tanto la ley impositiva (donde se fijan las alícuotas) tiene carácter anual.
Todos los años, el Poder Ejecutivo provincial remite a la Legislatura un proyecto de ley para fijar las alícuotas mediante cuya aplicación los contribuyentes deben liquidar los impuestos, de modo que todos los años la Legislatura renueva y reactualiza la política fiscal, ajustando la presión impositiva según lo estima necesario.
El año 2002 no ha sido la excepción. Las alícuotas aplicables al año en curso han sido establecidas mediante la Ley 12.879, emitida con censurable demora en mayo de este año, para tener efecto desde el 1 de enero de 2002, según lo establece expresamente su artículo 37.
Pues bien: ocurre que al legislar para 2002 el Poder Legislativo bonaerense volvió a los niveles de presión tributaria, es decir, que optó por no extender ni renovar el aumento de 30% establecido, respecto de las alícuotas de la ley impositiva del año 2001, en la ley de emergencia.
La cuestión presenta aristas tan definidas a favor de la posición de los contribuyentes que resulta imposible creer que pueda resolverse de otra forma, como no sea por el rechazo más terminante de la pretensión fiscal.
Si algún elemento de juicio pudiese ser necesario para ratificar esta conclusión, nada mejor que revisar el texto del Informe 116/02 emitido por la Dirección de Técnica Tributaria de la Dirección Provincial de Rentas, ya que el documento comienza admitiendo que
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