Cumplir con cada vencimiento establecido por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) evita errores, pagos fuera de término y hasta posibles sanciones. Es por eso que conviene tener identificados los días más importantes del cronograma previsto para los monotributistas durante julio y agosto de 2026.
Calendario de ARCA: las 8 fechas clave que todo monotributista debe saber
Esta es la guía que necesitas con los plazos más relevantes del año y el trámite que define la categoría para el próximo semestre.
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En esta segunda mitad del año, es importante que los monotributistas tengan en cuenta todas las fechas clave.
Además de los pagos mensuales, existe un procedimiento obligatorio que puede modificar la categoría de los pequeños contribuyentes dentro del régimen simplificado. Ese proceso exige revisar la actividad de los últimos 12 meses y verificar si los parámetros continúan dentro de los límites establecidos.
Recategorización: el trámite clave para los contribuyentes
La recategorización es la revisión periódica que realiza cada monotributista para confirmar si la categoría en la que está inscripto sigue siendo la correcta. ARCA exige este trámite dos veces por año y toma como referencia la información correspondiente a los últimos 12 meses de actividad. Para definir la categoría adecuada, el organismo analiza cuatro variables:
- Los ingresos brutos acumulados durante los últimos 12 meses
- La superficie destinada a la actividad, cuando corresponde
- El consumo de energía eléctrica vinculado al trabajo
- Los alquileres devengados por el inmueble afectado a la actividad, si existen
Si alguno de esos parámetros supera o queda por debajo de los límites de la categoría vigente, corresponde llevar a cabo la recategorización. Durante el proceso de julio y agosto de 2026, el análisis comprende el período que va desde julio de 2025 hasta junio de 2026. A partir de esos datos, el sistema determina si el contribuyente debe permanecer en la misma categoría o pasar a una superior o inferior.
La gestión se realiza desde el Portal Monotributo con CUIT y Clave Fiscal, donde aparecen los datos registrados por ARCA y la categoría sugerida según la información disponible. Si existe alguna diferencia entre la facturación real y la registrada, el contribuyente debe informar los valores correctos antes de confirmar el trámite.
No todos están obligados a efectuar la recategorización, ya que quedan exceptuados quienes tengan menos de seis meses de actividad dentro del régimen o aquellos cuyos parámetros permanezcan dentro de los topes de la categoría vigente. Aun así, siempre conviene ingresar al sistema para verificar la información.
Si un contribuyente debía subir de categoría y no realiza el trámite, ARCA puede aplicar una multa de hasta el 50% del impuesto integrado y del aporte previsional correspondiente al período, además de efectuar una recategorización de oficio. En cambio, si correspondía bajar de categoría y no lo hace, continuará pagando un importe superior hasta la siguiente revisión.
Las importantes fechas de ARCA para anotar en el calendario
Entre julio y agosto de 2026 se concentran los principales movimientos del régimen simplificado. Po eso, estas son las ocho fechas que hay que tener presentes:
- 14 de julio de 2026: publicación de la nueva tabla del monotributo con los valores actualizados
- 15 de julio de 2026: difusión oficial de la tabla por parte de ARCA
- 16 o 17 de julio de 2026: inicio del período de recategorización, con los parámetros correspondientes a julio de 2025-junio de 2026 y los nuevos topes aplicables para agosto de 2026-enero de 2027
- 20 de julio de 2026: vencimiento del pago mensual de julio, con el mismo valor vigente durante junio de 2026
- Del 1 de agosto de 2026 al 31 de enero de 2027: entrada en vigencia de la nueva tabla del monotributo para ese semestre
- 5 de agosto de 2026: cierre del plazo para completar la recategorización
- Del 6 al 20 de agosto de 2026: período para las recategorizaciones de oficio que ARCA hace mediante sus controles
- 20 de agosto de 2026: vencimiento del pago correspondiente a agosto con los importes establecidos por la nueva tabla
Además de este cronograma, el régimen mantiene dos instancias anuales para revisar la categoría, una con vencimiento hasta el 5 de febrero y otra hasta el 5 de agosto. En ambas oportunidades se consideran los parámetros acumulados de los 12 meses previos, por lo que llevar un control de estas fechas permite evitar inconvenientes administrativos, mantener la categoría actualizada y cumplir con las obligaciones de ARCA.
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