11 de abril 2002 - 00:00

Prohibieron las subas de gas y luz en el invierno

El gobierno resolvió ayer que las empresas de servicios públicos no podrán aumentar sus tarifas. Además, las obliga a suspender todo proceso de revisión tarifaria, que estaba previsto para mayo. Así se dejan sin efecto también las cláusulas de ajuste en dólares para los precios de los servicios públicos a nivel nacional. Además, se dispuso que cese cualquier cláusula o mecanismo indexatorio en curso, de los que se utilizaban para ajustar tarifas de esos servicios. La medida fue conocida ayer a través de una resolución del Ministerio de Economía y coincide con un nuevo pedido del FMI de tratamiento igualitario a inversores. Obviamente, las empresas privatizadas rechazaron la medida pero algunas, especialmente las del sector eléctrico, ya se preparan para presentar demandas contra el Estado argentino en tribunales internacionales. La decisión de ayer afecta principalmente a las empresas de gas y luz, que ajustan sus precios en el invierno. Cabe recordar que la Ley de Emergencia Económica pesificó 1 a 1 las tarifas y prohibió cláusulas de indexación pero dejó vigentes los ajustes periódicos por razones de estacionalidad.

El gobierno resolvió ayer congelar las tarifas de los servicios públicos, extendiendo por decreto los alcances de la ley de emergencia económica en este aspecto. La medida afecta en particular a las subas estacionales de las tarifas de gas y electricidad en todo el país que se debían concretar a partir del 1 de mayo y ahora no podrán realizarse.

La ley de emergencia económica pesificó 1 a 1 las tarifas de todos los servicios públicos y prohibió toda cláusula de indexación. Pero dejó vigentes los ajustes periódicos por razones estacionales en el gas y en la electricidad.

Sin embargo, ya el 1 de febrero, cuando correspondía ajustar el precio estacional de la luz, la Secretaría de Energía confirmó el que estaba vigente hasta esa fecha. En ese momento, se trataba de una corrección sobre el precio fijado al empezar la estación estival. Por el contrario, ahora era previsible un aumento al pasar al período invernal de mayor consumo.

• Congelamiento

Frente a esta perspectiva, el ministro de Economía, Jorge Remes Lenicov, dictó la Resolución 38 según la cual todos los organismos de la administración, incluidos los entes de control, «deberán abstenerse» de adoptar cualquier decisión que implique aumento de los precios y tarifas de los servicios públicos.

La resolución que lleva el número 38 se ampara en la Ley de Emergencia Pública en lo que se refiere a las tarifas y al Decreto 293 que lanzó la renegociación con las empresas privatizadas. Por eso, en algunas empresas se interpreta que los ajustes estacionales quedaron congelados hasta el plazo que marca ese decreto, 180 días, para la renegociación de las tarifas.

Teóricamente, según la letra del decreto, ese plazo vence el 1 de julio. Pero en el cronograma presentado a las empresas al iniciarse las tratativas, ese plazo se utilizará para que la comisión renegociadora eleve una propuesta a la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía.

Después, según la misma norma, deberán intervenir la comisión bicameral constituida por la Ley de Emergencia Pública y la bicameral de seguimiento de las privatizaciones. Pero hay además un proyecto de legisladores radicales y aun oficialistas, para que la revisión de tarifas pase directamente por el Congreso, con lo cual no hay plazos ciertos para la recomposición tarifaria.

• Preocupación

La sensación predominante en las compañías privatizadas es que el gobierno está dispuesto a alargar lo más posible un aumento en las tarifas de los servicios, al punto que se cree que sólo un problema serio en la prestación de los servicios, como un apagón generalizado, podría interesar a los funcionarios en la situación de las empresas privatizadas.

La resolución de Economía fue percibida con fuerte preocupación en las empresas privatizadas. «Pusieron el último cerrojo y es difícil imaginar el día después», dijeron en una empresa eléctrica, en alusión al momento en que las tarifas se reconstituyan a niveles que arrojen una rentabilidad razonable.

Las distribuidoras de gas fueron más escuetas y dijeron que es el Enargas el que debe pronunciarse, pero en este organismo sólo afirmaron que «están estudiando la resolución»y que por el momento sigue convocada la audiencia pública para el martes 30 de este mes para debatir los ajustes estacionales en el precio del gas.

La resolución de Economía tiene dos artículos:

• El artículo primero establece que todos los organismos de la administración, incluidos los de regulación y control,»deberán abstenerse de adoptar cualquier decisión o ejecutar acciones que afecten directa o indirectamente los precios y tarifas de los servicios públicos, sometidos a su ámbito de competencia».


• El artículo segundo indica que esos organismos «deberán interrumpir los procesos de revisión tarifaria, o cualquier otro mecanismo de fijación de precios y tarifas, en los casos en que se encontraran en curso».

La norma afecta no sólo a la revisión estacional de las tarifas de luz y gas, sino también a la primera revisión desde la privatización de SEGBA, de los márgenes de las distribuidoras eléctricas que debía empezar a negociarse en setiembre para aplicarse a partir del 1 de enero próximo, según los contratos de Edenor, Edesur y Edelap. De hecho, los avances hacia ese proceso fueron interrumpidos hace semanas por el Ente Regulador Eléctrico, con el criterio de que la revisión quedaba comprendida dentro de la rene-gociación ordenada por la Ley de Emergencia Pública.

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