28 de diciembre 2017 - 00:00

Alcances de la reforma tributaria

Reducción en el Impuesto a las Ganancias corporativas no distribuidas: la tasa bajará gradualmente del 35% actual al 25% en 2021. En 2019 y 2020 será de 30%.

Devolución anticipada de saldos a favor de IVA por inversiones. Se implementa un régimen que devuelve el crédito fiscal de IVA a las empresas que hayan invertido y no lo hayan recuperado en un lapso de 6 meses.

Fijan mínimo no imponible para contribuciones patronales. Las empresas no pagarán aportes patronales hasta una remuneración bruta de $12.000 (cifra para 2022). La escala decreciente comienza en 2018 con $2.400 pesos, prosigue en 2019 con $4.800, en 2020 con $7.200 y en 2021 con $9.600 pesos.

Incremento del pago a cuenta de Ganancias generado por el impuesto sobre los créditos y débitos bancarios (impuesto al cheque). Será creciente hasta llegar a su eliminación. Ayer se aprobó además,en proyecto aparte, la prórroga del impuesto al cheque hasta 2022 y su afectación total al sistema previsional.

Acuerdo con las provincias para reducir impuestos: ingresos brutos, sellos y eliminar aduanas interiores. Los distritos deben adherir y presentar un plan de rebajas.

Se extiende a otros activos financieros el impuesto a las Ganancias por rentas obtenidas por las personas humanas (hasta hoy exentas). La alícuota será del 15% para instrumentos en moneda extranjera o indexados y otras rentas financieras. Y será del 5% para rendimientos de instrumentos de renta fija en pesos sin cláusula de ajuste. Se grava la tenencia de Lebac de inversores extranjeros.

Se aumenta la deducción especial en Ganancias para trabajadores autónomos. Se propone duplicar el importe de la deducción especial que podrán computar.

Se elimina el impuesto a la transferencia de inmuebles y se extiende la aplicación del Impuesto a las Ganancias con alícuota reducida - excepto para compra de casa-habitación- con alícuota reducida del 15%.

Se reducen a 0% los impuestos internos para productos electrónicos, que dejan de considerarse artículos de lujo, pues se usan en casi todas las actividades productivas.

Se eliminan también los impuestos internos para autos y motos de gama media. Y suben del 10% al 20% para autos y motos de gama alta y aeronaves.

El impuesto interno a las cervezas industriales aumenta del 8% al 14%. Mientras que para las artesanales quedó fijado en un 8%.

• Se mantiene la exención de internos en vinos y espumantes. Pero sube a 29% la alícuota para bebidas espirituosas. Las bebidas que contengan cafeína y taurina (energizantes) tributarán 10%.

• En cigarrillos baja la alícuota a 70% y eleva el impuesto mínimo por atado a $28.

• Se rebaja a la mitad la tasa del IVA (del 21% a 10,5%) sobre los pollos, cerdos y conejos, para inducir una rebaja de precios e igualar la carga tributaria con la carne vacuna.

• Se incluye en la devolución del IVA hasta 300 pesos para las empleadas de casas particulares.

• Se eleva de 4% a 5% la alíque grava el importe facturado por la provisión de telefonícelular y satelital al usuario.

• Descartaron los artículos 23 y 24 de la reforma que proponígravar con el impuesto a las Ganancias a cooperativas y mutuales de créditos y seguros. Seguirán exentas.

• Se modifica el impuesto a los combustibles para que dependa de la cantidad de dióxido de carbono emitido. Inicialmente afecta a combustibles líquidos y de 2020 en adelante se aplica sobre gas natural, GLP y carbón.

• Aportes personales a la seguridad social: se elimina gradualmente el límite máximo aplicable a la base imponible (actualmente de $82.000 mensuales).

• IVA: se amplía la base del impuesto para los servicios digitales prestados por empresas del exterior, como Netflix y Spotify.

• Las indemnizaciones y retiros voluntarios pagarán Ganancias, cuando se trate de montos superiores a los previstos en la Ley de Contrato de Trabajo (directores y ejecutivos).

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