14 de mayo 2009 - 00:00

Así comienza otro aumento de impuestos

Aníbal Ibarra
Aníbal Ibarra
Un decreto que autoriza aumentos en la valuación fiscal para inmuebles de la Ciudad de Buenos Aires se convirtió ayer en tema de campaña electoral. La norma, publicada esta semana en el Boletín Oficial porteño, da cuenta de una actualización de los valores fiscales de determinadas propiedades, los que aumentarán, por ejemplo, en los casos en que la calle en la que se encuentran se peatonalice, o se vean beneficiados por obras públicas, y también si se concreta el soterramiento del ex ferrocarril Sarmiento. El decreto se funda en las facultades del Ejecutivo para «la actualización generalizada de los valores unitarios de cuadra, de zona o sector por cada ejercicio fiscal».

Si bien el Gobierno de la Ciudad, a través de la oficina de Rentas, explicó que «se trata de una cuestión técnica que no será trasladada a las boletas» con las que los vecinos de la Ciudad pagan el ABL (Alumbrado, Barrido y Limpieza), para el candidato Aníbal Ibarra se trataría de un aumento de tributos que Mauricio Macri no podría hacer con un decreto.

«Se aumentará el impuesto inmobiliario hasta un 15% a las propiedades frentistas a las calles que se hagan peatonales, a las calles a las que se les reduzca el tránsito, a las frentistas de nuevos bulevares y a las que se les ensanchen la vereda, entre otras obras», explicó Ibarra en un comunicado. De ese mismo modo, el legislador porteño sostuvo que «en medio de una situación de crisis, luego de haber subido ya un promedio de 100% el ABL, ahora Macri firma un nuevo impuestazo en la Ciudad que encierra un criterio de caja y limita con la ilegalidad».

El Decreto 376 en cuestión señala que si existiera un «cambio de normas urbanísticas» que modifique «el grado de aprovechamiento de las parcelas aumentando la superficie edificable», se cambiará la valuación del terreno, aumentando entre un 5% y un 60% de acuerdo con una tabla. Luego, incorpora también la peatonalización de calles, que determinar que la valuación «se incrementará un 10%» a los frentistas y un «7,5% para las dos parcelas siguientes a la esquina». El artículo 4 de la norma aplica subas en la valuación fiscal en los casos de la construcción de «un viaducto bajo las vías del ferrocarril», que será del 2,5% al 10% de acuerdo con otra tabla. El siguiente artículo es para los beneficiarios del «soterramiento de las vías del ferrocarril» para quienes «se incrementará la valuación de los terrenos del área», de acuerdo con una escala que va del 5% al 15% de aumento. También subirán la valuación fiscal cuando se construya una plaza, una playa de estacionamiento, se ensanchen las veredas de una avenida comercial y en el caso «de obras públicas que impliquen más de una innovación, se sumarán los porcentajes de cada una de ellas».

El artículo noveno, finalmente, indica que «el importe anual a ingresar por los gravámenes inmobiliarios según lo establecido en el presente decreto y las actualizaciones que surjan de su aplicación, nunca podrá ser superior al 1% del valor de mercado de inmuebles».

Si bien el decreto no es de aplicación inmediata, porque reconoce obras que valorizarían los inmuebles en el futuro, cuando se concreten, la medida implica un aumento en la valuación fiscal que terminaría aumentando los tributos, pero, de acuerdo con la explicación de los funcionarios del Ministerio de Hacienda que conduce Néstor Grindetti, «sólo aumentarían si se traslada a las boletas y eso no será así».

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