14 de septiembre 2017 - 00:00

Beneficiarán a quienes generen su propia energía renovable

Es para usuarios residenciales y pequeñas y medianas empresas. Permite que el excedente pueda venderse al sistema nacional. Las distribuidoras deberá facilitar la conexión.

impulso. Son 59 los proyectos de energía renovable adjudicados por el ministerio de Energía, que conduce Juan José Aranguren.
impulso. Son 59 los proyectos de energía renovable adjudicados por el ministerio de Energía, que conduce Juan José Aranguren.
La Cámara de Diputados dio anoche media sanción a un proyecto de ley que permite a los usuarios residenciales y a pequeñas y medianas empresas generar electricidad a través de fuentes renovables para su propio consumo pudiendo vender el excedente al sistema nacional. La iniciativa fue consensuada entre el oficialismo, el Frente para la Victoria y Chubut somos Todos.

Se trata de un régimen de fomento a lo que se denomina generación distribuida de energía renovable integrada a la red eléctrica pública. El texto incluye a los usuarios de la red de distribución que generen para su autoconsumo, con eventual inyección del excedente a la red, y establece la obligación de las distribuidoras eléctricas en cuanto a facilitar la conexión, para lo que deberán asegurar el libre acceso a la red de distribución. Están excluidos del régimen los grandes usuarios y los autogeneradores del mercado eléctrico mayorista.

El usuario alcanzado por la iniciativa podrá instalar energías renovables hasta una potencia equivalente a la que tiene contratada con la distribuidora para su demanda, mientras en caso de que la potencia sea mayor a la contratada deberá pedir una autorización especial.

El proyecto también establece que a partir de la sanción de la ley todos los planes de construcción de edificios públicos deberá contemplar la utilización de algún sistema de generación distribuida proveniente de fuentes renovables.

El texto indica que los costos del equipo de medición, su instalación y las obras necesarias para permitir la conexión a la red deberán ser afrontados por el usuario-generador. Sin embargo también determina que el costo del servicio de instalación y conexión, en ningún caso podrá exceder el arancel fijado para cambio o instalación de medidor en caso de la solicitud de un nuevo suministro o de un cambio de tarifa.

Por otra parte, el usuario-generador recibirá una tarifa de Inyección por cada kilovatio-hora que entregue a la red , y la misma será establecido por la reglamentación de manera acorde al precio estacional de la energía correspondiente a cada tipo de usuario que pagan las distribuidoras en el mercado eléctrico mayorista .

La iniciativa fija también beneficios impositivos al establecer que no podrán efectuarse cargos impositivos adicionales sobre la energía aportada al sistema por parte del usuario-generador. Asimismo, la distribuidora no podrá añadir ningún tipo de cargo adicional por mantenimiento de red, peaje de acceso, respaldo eléctrico o cualquier otro concepto asociado a la instalación de equipos de generación distribuida.

Además se creará un fondo fiduciario para el otorgamiento de préstamos, incentivos, garantías, la realización de aportes de capital y adquisición de otros instrumentos financieros, destinados a la implementación del sistema. El Fondo contará con recursos provenientes del presupuesto nacional, los que no podrán ser inferiores al 50% del ahorro efectivo en combustibles fósiles debido a la incorporación de generación distribuida a partir de fuentes renovables obtenido en el año previo. También contará con el recupero del capital e intereses de las financiaciones otorgada. Para el primer año de entrada en vigencia de la ley el fondo contará con un presupuesto de $500 millones.

También se crea un régimen de fomento para la fabricación nacional de sistemas, equipos e insumos para generación distribuida a partir de fuentes renovables.

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