Sin el camarista Eduardo Freiler, la Sala I de la Cámara Federal confirmó ayer el procesamiento de Cristina de Kirchner por asociación ilícita y administración fraudulenta, acusada por el supuesto direccionamiento de obras públicas viales al grupo del detenido empresario Lázaro Báez. Además se confirmó el embargo por $10 mil millones y los procesamientos al exministro de Planificación Federal Julio De Vido, al exsecretario de Obras Públicas José López (detenido), a Báez, y a funcionarios de Vialidad Nacional, entre otros, según una resolución firmada por los camaristas Leopoldo Bruglia y Jorge Ballestero. La Cámara agregó entre los procesados a Abel Fatala, exsubsecretario de Obras Públicas y a quien el juez Julián Ercolini había dictado la falta de mérito. En condiciones normales, cuando se complete la confirmación de la misma situación procesal de la segunda tanda de implicados para el juez, la causa podría ser elevada a juicio oral y público. Sin embargo, y por instrucciones de la Sala II de la propia Cámara, todas las causas podrían quedar subsumidas en una "megacausa" que incluya direccionamiento de obra pública, alquileres de los hoteles de la familia presidencial y lavado de activos por parte de Báez.
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A lo largo de 15 carillas los camaristas ratificaron los términos sobre los que había avanzado Ercolini al asegurar que se exportó una estructura de funcionarios desde Santa Cruz para facilitar el otorgamiento de obra pública al Grupo Austral, cuyo titular mantenía vínculos societarios con los expresidentes Kirchner. Esa obra pública tendría sobreprecios y la empresa de Báez contaría además con un canal preferencial de pago por sobre otras contratistas para asegurar el flujo financiero, sin controles adecuados. La exmandataria, en la entrevista que concedió a Infobae (ver nota aparte), aseguró ayer que la acusación forma parte de una persecución de la Justicia y que su Gobierno no fue una "asociación ilícita".
"La matriz delictiva se habría instrumentado a través de una estructura administrativa jerarquizada, donde la expresidente no podía ignorar las especiales características de la maniobra. Ello así, puesto que conocía la estrecha relación de amistad de su marido con Lázaro Báez y la extraordinaria evolución patrimonial del nombrado -ambas de público y notorio conocimiento-, que fue producto exclusivamente de la obra pública vial en su provincia", sostuvo el fallo. Para los jueces, Cristina "ejercía el Gobierno de la Nación y se encontraba en la cima de la estructura administrativa del Estado. Por tanto, todos los funcionarios que intervenían en el circuito de la obra pública eran sus subordinados y en particular el ministro de Planificación, que era la máxima autoridad en materia de obra pública vial, dependían directamente de la encartada".
En su voto, Bruglia sostuvo que "durante el período comprendido entre mayo de 2003 y diciembre de 2015, se sucedieron múltiples irregularidades en la tramitación de los expedientes administrativos de las empresas vinculadas a Lázaro Báez, que además recibieron un tratamiento preferencial por parte de las instancias administrativas que tenían a su cargo el otorgamiento de los contratos de obra pública vial en la provincia de Santa Cruz, el control y supervisión de dichas obras y el libramiento de los pagos correspondientes". "Lo cual habría significado para dichas empresas la obtención de un beneficio económico indebido, mientras que ocasionaba un perjuicio patrimonial para el Estado nacional. Ello se verificó con una evidente conjunción de voluntades de distintos funcionarios públicos de importante jerarquía dentro de la Administración Pública Nacional y de la provincia de Santa Cruz, que intervinieron en las esferas de sus respectivas competencias, accionando, permitiendo y facilitando la perpetración de las maniobras irregulares", completó.
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