Corte Suprema endurece su criterio para definir invalidez
Con cuatro votos avaló apelación de ANSES y ratificó que no es necesario analizar particularidades del caso. Giro en la doctrina del máximo Tribunal. El caso.
Sin aspavientos, la Corte Suprema de Justicia decidió -por mayoría- el 23 de agosto pasado, revocar un fallo que había declarado favorable la jubilación por invalidez de una persona y de manera tácita endureció el criterio para su aplicación. La decisión fue en sentido contrario a un fallo de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había anulado un dictamen de la Comisión Médica Central sobre el caso de Susana María Rapisardi. El Tribunal había considerado que la demandante estaba "totalmente incapacitada" en el aspecto previsional. La mujer (según confirmó el Cuerpo Médico Forense) aquejaba anquilosis de cadera, acortamiento del miembro inferior derecho y limitación funcional de la columna. Su incapacidad permanente fue calculada en 54% y no podría dedicarse a las actividades de trabajo doméstico.
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La Cámara se apoyó en el fallo "Melo" del año 2000 cuya doctrina consideraba las particularidades del caso podrían habilitar el derecho al beneficio, más allá de lo estricto del porcentaje de invalidez, cuyo parámetro está en el 66%. La ANSES había apelado hasta llegar a un recurso de queja que terminó siendo decidido por la mayoría de la Corte, con las firmas de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz. Horacio Rosatti firmó en disidencia. El resto de los jueces consideró que debía admitirse un fallo intermedio donde la Corte en 2013 había fijado una postura contraria para atenerse al 66% que fijaba la ley N°24.241 para reconocer el derecho al beneficio de una jubilación por invalidez.
Sin embargo, la Corte contaba con antecedentes en sentido contrario a esas decisiones donde ponderaba precisamente el grado de incapacidad para reinsertarse laboralmente en el mundo profesional más allá de que el porcentaje fuera inferior al establecido en el artículo N°48. Rosatti adujo falencias en los decretos reglamentarios de esa ley que impedían solamente considerar el nivel de invalidez o de reinserción para acceder a un beneficio previsional basados en "porcentajes variables".
La discusión encuentra a Lorenzetti, Highton de Nolasco y Maqueda votando en sentido contrario a fallos anteriores que habían generado el antecedente en el que se apoyó la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social. En los casos "Simino" de 2010, sostuvieron que correspondía "ponderar las demás condiciones económico sociales del actor tales como las tareas y la repercusión que tenían las afecciones en su desempeño laboral". Algo similar había ocurrido en la denominada causa "Mangione" que data del 22 de abril de 2008 donde hicieron expresa referencia a la doctrina ahora modificada.
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