15 de diciembre 2014 - 00:00

Denuncia de 2008 habilitó la multa a las automotrices

 La multa por $ 1.060 millones aplicada a las terminales automotrices por conductas anticompetitivas en Tierra del Fuego responde a una denuncia realizada en 2008 por consumidores residentes en Ushuaia, según información oficial de la Secretaría de Comercio. En los considerandos se indica que inicialmente la investigación se dirigió contra concesionarios de Tierra del Fuego.

Los denunciantes adujeron que desde la salida de la convertibilidad la venta de automotores sufrió un desajuste que terminó de fijar el precio en valores similares y hasta superiores al resto del país, a pesar de la desgravación impositiva vigente en Tierra del Fuego.

En febrero de 2008, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) dio traslado de la denuncia a las firmas imputadas.

Frente a las explicaciones brindadas por las concesionarias, la CNDC trasladó la denuncia a las empresas Toyota, Volkswagen, General Motors, Renault, Ford, Fiat, Peugeot-Citroën, Alafacar, Honda, Mercedes-Benz, Kia, Ditecar y Hyundai.

Ante lo informado por las terminales, se requirieron información y peritajes relativos al funcionamiento del mercado en Tierra del Fuego a diversas terminales y concesionarias.

De las pruebas recolectadas por la CNDC se desprende que Toyota, VW, GM, Renault, Ford, Fiat, Peugeot-Citroën, Honda y Mercedes-Benz habrían celebrado un acuerdo colusivo desde 2002, con el objeto de mantener los precios de los vehículos en Tierra del Fuego en niveles similares a los vigentes en el continente.

De esta forma, mediante un acuerdo habrían omitido trasladar a precios de Tierra del Fuego las exenciones impositivas previstas en la Ley 19.640 que rigen para vehículos extra-Mercosur.

Además, se suma un conjunto de barreras impuesto a la entrada por la propia industria, que privan a terceros de introducir vehículos libres de impuestos en Tierra del Fuego, permitiendo que los precios de la zona se mantengan por encima de los que deberían tener en ese mercado.

En junio de 2014, la CNDC concluyó la instrucción e imputó formalmente a las terminales la realización de conductas anticompetitivas (conforme la Ley de Defensa de la Competencia N° 25.156) para mantener un nivel artificialmente alto de precios.

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