Frente a las múltiples consultas de usuarios a quienes las distribuidoras exigen un certificado de estar incluidos en la demanda de esta institución, la Defensoría del Pueblo aclaró que el fallo que impide a las distribuidoras efectuar cortes del suministro por falta de pago a quienes padecieron el último incremento «está dirigido a todo el colectivo de usuarios afectados por las resoluciones cuestionadas». «La presentación no excluye a ningún usuario de las empresas EDENOR SA, EDESUR SA y EDELAP, afectado por incrementos arbitrarios en las facturaciones», dijo Mondino. Por su parte, las empresas argumentaron que mantienen los planes de pago y los beneficios para aquellos usuarios electrodependientes y para todos los que exijan una exención de pago por reunir una serie de requisitos.
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