26 de octubre 2012 - 00:00

La verdadera trama del “efecto Chaco”

Jorge Capitanich - Gobernador de la Provincia del Chaco
Jorge Capitanich - Gobernador de la Provincia del Chaco
Ríos de tinta se han volcado a interpretaciones capciosas respecto del denominado «efecto Chaco» por el pago de los vencimientos de la deuda contenida en los «Bonos de Saneamiento Garantizado» (Bo.Sa.Gar.). Lamentablemente nadie se detuvo a realizar un análisis siquiera superficial del tema.

En efecto, el origen de estos bonos surge de la consolidación de deuda con proveedores y contratistas del estado provincial, así como de las diversas inversiones pertinentes a la capitalización del Banco del Chaco efectuadas durante la década del noventa, es decir, la responsabilidad corresponde a las administraciones anteriores.

Originalmente lo que en la actualidad se conoce como «Bono Saneamiento Garantizado Serie 1», en la década del noventa se denominó «Bono de Saneamiento Financiero Chaco, Tercera Serie, en Dólares Estadounidenses, Ley 3730»; esta deuda fue emitida para lograr el saneamiento financiero del Banco del Chaco S.A., asimismo, lo que actualmente se identifica como «Bono de Saneamiento Garantizado Serie 2», fue emitido bajo la denominación de «Bonos Chaqueños de Consolidación en Dólares Estadounidenses», en tres series, estos títulos de deuda pública fueron «defaulteados» en el mes de octubre de 2001, cuestión que fue observada por el organismo de control interno e insistido por el Poder Ejecutivo de ese entonces. En general eran títulos destinados al pago de proveedores y contratistas del Estado que conciliaron y consolidaron sus deudas.

Autorización

Esta deuda fue «pesificada» por la Ley N° 25.561 y el Decreto PEN. N° 471/2002, sin embargo por la parte de la misma que no fue ingresada al canje previsto en la operatoria establecida por el Decreto del PEN 1579/2002, en el año 2007, antes de las elecciones del 16 de septiembre de 2007 en donde gané, la administración Nikisch tramita y obtiene la autorización del Bo.Sa.Gar. Series 1 y 2 (con fecha 29 de agosto de 2007) y decide dolarizar este instrumento en un contexto en donde efectivamente se pretendía nominar la deuda en pesos, como hubiese correspondido.

Es decir, al contrario de lo que afirman con liviandad quienes escriben supuestos «análisis» económicos sobre el tema, por esta deuda nunca ingresó un dólar al país ni a la provincia.

La provincia del Chaco no atesora dólares. En consecuencia, cuando necesita dólares para pagar sus deudas, los adquiere en el mercado cambiario, de acuerdo con las regulaciones vigentes.

Normativas

Asimismo, las Comunicaciones «A» 5099 y 5265 del BCRA, establecieron que los títulos de deuda pública emitidos bajo legislación nacional debían pagarse en pesos al tipo de cambio oficial vigente.

Una provincia, un agente financiero, un ciudadano o un gobernador debe cumplir las normativas vigentes porque vivimos en un sistema representativo, republicano, federal, y esencialmente democrático.

Lo cierto es que ningún «analista» dijo que ésta era una deuda que se encontraba pesificada y se dolarizó. Que era una deuda de proveedores y contratistas del Estado, que jamás ingresaron un dólar. Que de un stock de bonos de 27 M de dólares, más de la mitad se encuentra en poder de la provincia Chaco y otros Organismos Públicos. Ni que esta deuda representa solo el 3% de endeudamiento provincial. Por otra parte resulta necesario destacar que la normativa del BCRA (comunicaciones 4662 y 4692) dispone que para el caso de los tenedores residentes en el exterior, estos pueden acceder al Mercado Libre y Único de Cambios en la medida que acrediten el ingreso de los dólares al país. Y tampoco nada se dijo de la gestión fiscal responsable que tenemos en la provincia del Chaco, donde el ratio Deuda/PBI, que era del 200% en 1989, hoy es del 11 %; y la relación Deuda/Presupuesto, que era del 313 % en 2002, es ahora es del 41%; ni se dijo que la deuda en dólares jamás incrementó su participación relativa (estable en el 11%) durante toda mi gestión de gobierno.

La extraordinaria y capciosa repercusión mediática de este tema sugiere algunas preguntas. ¿Es por el actor involucrado? Es decir, el gobernador de una provincia del norte argentino que osó soñar y cumplir el sueño de que su provincia con el respaldo de la Sra. Presidente crezca un 40% en los últimos cuatro años. ¿Es por la provincia? En la que se redujo la pobreza e indigencia, utilizando el índice que se quiera utilizar; en la que se crearon 28.000 nuevos puestos de trabajo en el sector privado, 5.500 en el industrial; en la que en 4 años se otorgaron 95 nuevas promociones industriales contra 37 en ocho años de la previa gestión radical; en la que se hicieron 30.000 soluciones habitacionales, 400 km de nuevas rutas, 36 nuevos hospitales y 72 centros de salud. ¿O es por la posición política de la provincia y del gobernador, en defensa del liderazgo de la Presidente y de la visión de país que compartimos?

Nuestra política en estos años de gestión fue precisamente no tomar nueva deuda, sino desendeudar al Chaco, porque la deuda ha sido un severo condicionante de nuestra historia. Jamás hemos incumplido una obligación financiera y fuimos consecuentes en regularizar deuda de las gestiones anteriores.

Desde ya, a todos los que se sientan afectados en sus derechos como acreedores les ofrecemos el canje voluntario en el marco de nuestras posibilidades.

Liquidez

No quisiera que nadie desnaturalice mis aseveraciones: no estoy de acuerdo con la emisión de deuda en moneda extranjera, no me parece correcto para una administración provincial teniendo en cuenta la abundante liquidez en el mercado de moneda doméstica. Considero que cuanta menos deuda emitamos, mejor. Porque así promovemos administraciones más austeras y eficientes. Cuando sean imprescindibles, las fuentes de financiamiento deben ser organismos internacionales, con préstamos de largo plazo y tasas competitivas, y para volcar recursos a la construcción de nueva infraestructura pública.

Por eso les pido a los analistas de mercados que identifiquen una obligación financiera incumplida por la provincia del Chaco en mi gestión. No la van a encontrar. Porque esta vez, como todas las anteriores, pagamos. Como ejemplo, baste recordar que en 2010 la normativa del BCRA (Comunicación 5085 del 7 de junio de 2010), estableció restricciones al administrador fiduciario del Fideicomiso en Garantía del título público denominado «Título 2026 Garantizados con Recursos de Coparticipación Federal», la Provincia se subrogó en las obligaciones del mismo y, a pesar de haber integrado el patrimonio correspondiente, con recursos propios pagó a los tenedores en la moneda originalmente pactada. Posteriormente se convocó a Asamblea de Tenedores en la cual se suscribió Addenda. En la misma se determinó que a futuro se atenderían los servicios en Pesos al tipo de cambio del día hábil anterior al vencimiento (en esta operación interviene el BBVA Banco Francés S.A. en calidad de fiduciario y representante).

Responsabilidad

Por último también admito una responsabilidad de mi parte, al no ser advertido de los alcances de la normativa existente no tomé una medida anticipada concerniente al método de pago, aunque es menester destacar que la supuesta «caída de la cotización» es falsa por cuanto no se registran operaciones en el mercado de capitales cuya magnitud y relevancia permitan establecer un «valor de cotización» importante en detrimento del valor técnico del bono.

Asumo la responsabilidad pero también promuevo la responsabilidad de analistas, operadores de mercado y periodistas, respecto de interpretaciones insidiosas que nada tienen que ver con la realidad y que no hacen otra cosa que perjudicar a los inversores que apuestan con sus ahorros al desarrollo de nuestras provincias y del país.

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