31 de diciembre 2012 - 00:00

Lavaderos: la AFIP pone orden

Ricardo Echegaray
Ricardo Echegaray
Una resolución de la AFIP estableció el número mínimo de trabajadores requeridos para los lavaderos de autos, según el tamaño de los establecimientos, a fin de calcular los aportes al sistema de seguridad social, informó el organismo.

El Indicador Mínimo de Trabajadores (IMT) establece que los lavaderos chicos (menores a 200 metros cuadrados) deberán emplear un mínimo de cinco trabajadores por turnos de ocho horas.

En tanto, los medianos (entre 200 y 400 metros cuadrados) deberán contratar a 7 empleados por igual cantidad de horas, mientras que los grandes (más de 400 metros cuadrados) deberán contratar como mínimo a 10 trabajadores.

Además, se deberá sumar un empleado más si el comercio posee un sector destinado a la espera, donde se ofrezca algún tipo de refrigerio o comidas, indicó el organismo.

Remuneración

La AFIP también estableció que la remuneración a computar estará regulada por el convenio colectivo de trabajo N° 427/05, mientras que para las provincias de Santa Fe y Córdoba regirán los convenios 345/02 y 58/89, respectivamente.

Esta regulación se suma a nuevas disposiciones del ente recaudador, como es el caso del establecimiento de nuevos valores de referencia para la importación y exportación de arándanos, cueros y maderas contrachapadas, al tiempo que también se modificaron posiciones arancelarias en otros diez productos.

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