23 de abril 2010 - 00:00

Ley de DNU: oposición resignó tres artículos en la votación

Durante la votación en particular la oposición sufrió la ausencia de 15 diputados.
Durante la votación en particular la oposición sufrió la ausencia de 15 diputados.
La oposición mantuvo el invicto en la Cámara de Diputados y logró recortar las facultades del Poder Ejecutivo para dictar decretos de necesidad y urgencia. Sin embargo, en la votación en particular de cada artículo, el arco anti-K no alcanzó los votos necesarios para aprobar dos disposiciones claves y además debió recortar el proyecto para evitar demandas de inconstitucionalidad.

Otro que mantuvo el invicto en la Cámara baja fue el diputado Néstor Kirchner, quien sigue sin aparecer por el recinto desde el inicio de las sesiones ordinarias. El diputado no sólo no ocupa su banca sino que tampoco estrenó su despacho en el Congreso. Pero anoche la oposición sufrió las ausencias más que el oficialismo.

Radicales, macristas, cívicos, socialistas y peronistas disidentes quedaron apenas dos votos abajo de los 129 necesarios para aprobar los artículos 8 y 9 del proyecto de reforma de la Ley 26.122 que regula los DNU. El extenso artículo 8, que no logró ser aprobado, establecía una ampliación de facultades de la Comisión Bicameral que examina en el Congreso los decretos de necesidad y urgencia, otorgándole a ese cuerpo la potestad de determinar si existieron las condiciones de excepcionalidad requeridas para la emisión de un DNU del Poder Ejecutivo.

Pero a la hora de votar ese apartado, la oposición sólo consiguió 127 votos, dos menos que los 129 necesarios, y el artículo no pudo ser aprobado. En la lista de ausentes anti- K que privaron al arco opositor de un triunfo más amplio aparece el ministro de Educación de la Capital Federal, el macrista Esteban Bullrich, quien a pesar de estar de licencia no se resigna a que su suplente, Julián Obiglio, lo reemplace en la banca. La neuquina Alicia Comelli tampoco estuvo a la hora de votación en particular, al igual que la radical Silvia Vázquez y el peronista disidente de Córdoba, Jorge Montoya.

También resbaló la oposición a la hora de aprobar el artículo 9 que otorgaba al Congreso la facultad de declarar la nulidad de los DNU. El kirchnerismo había tachado de inconstitucional este apartado sosteniendo que sólo el Poder Judicial podía asumir una prerrogativa de ese tipo. Pese a haber apoyado en general la reforma a la ley de los decretos de necesidad y urgencia, en el recinto, Martín Sabbatella, diputado de Nuevo Encuentro, aseguró que «desde un primer momento dijimos que era inconstitucional» el artículo que otorgaba al Congreso la facultad de declarar la nulidad de los DNU.

Más allá de los artículos rechazados durante la votación en particular, la oposición excluyó en la noche del miércoles el artículo 20, que impedía que la ley votada por el Congreso sea vetada por el Poder Ejecutivo. Claramente inconstitucional y capaz incluso de espantar a Hans Kelsen ya que el poder de veto está contemplado en la Carta Magna y una ley de menor jerarquía en la pirámide jurídica no puede contradecir esa potestad del Poder Ejecutivo.

Pese a la aprobación parcial de la ley, el diputado radical Ricardo Alfonsín, afirmó que las modificaciones son un avance, porque «precisan y corrigen, al tiempo que incorpora» artículos para que «no se desvirtúe» el uso de los DNU.

La norma aprobada por Diputados, que ahora será debatida en el Senado, establece que los DNU deberán ser aprobados por las dos Cámaras antes de quedar firmes, ya que actualmente sólo necesitaban el aval de un solo cuerpo. Así, en el caso que alguno de los dos cuerpos no se expida, el DNU quedará automáticamente re

También modifica la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo -que actualmente no está conformada por problemas con la Justicia-, al ampliar sus miembros de 8 a 12 por cada Cámara.

En ese caso, la oposición fijó que la comisión puede sacar dictamen con «la asistencia de al menos la tercera parte de sus miembros», y ratificaron el plazo de diez días corridos que tiene el cuerpo para expresarse sobre un DNU. Si ese período venciera, los plenos de los cuerpos podrán tratarlo en el recinto sin necesidad de un dictamen. El proyecto establece también que el jefe de Gabinete deberá concurrir personalmente al Congreso dentro de los diez días corridos desde la firma del decreto para explicar su contenido, aunque si dentro de ese plazo no se presenta, la Bicameral se abocará «de oficio» a su análisis.

Dejá tu comentario