17 de junio 2013 - 00:00

Ley de medios, también al cuarto piso (definen antes de elecciones)

Eugenio Zaffaroni
Eugenio Zaffaroni
La causa por la ley de medios llegó finalmente a la Corte Suprema de Justicia, luego de que la Cámara Federal en lo Civil y comercial declarara admisibles los recursos de las partes para que intervenga el máximo tribunal.

La resolución estuvo a cargo de la Sala I de la Cámara que avaló presentaciones contrapuestas realizadas por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Cablevisión SA y Grupo Clarín.

A comienzos de la semana pasada la Corte había "consultado" a los camaristas por el estado del trámite. Los ministros definirán la pelea entre el Gobierno y el monopolio Clarín en sintonía con la puja por la reforma judicial avalada por el Congreso.

Una vez más la Cámara demostró una sintonía absoluta con el máximo tribunal, una realidad que no se da sólo a nivel de causas sensibles sino en los términos más operativos, como por ejemplo el cumplimiento que ha tenido el fallo Rosza (sobre subrogancias) en el fuero Civil y Comercial donde, hasta diciembre del año pasado, se daba prioridad para cubrir vacantes a jueces jubilados por sobre funcionarios sin acuerdo del Senado.

En abril pasado la Cámara declaró "inconstitucional" el artículo de la ley que fija límites a la concentración de licencias, aunque avaló otros apartados también objetados por Clarín.

De esta forma, la Corte Suprema comenzará a intervenir sobre la "cuestión de fondo" que se discute en torno a la aplicación de la norma y, según ha considerado Eugenio Zaffaroni, el fallo definitivo del máximo tribunal "debería salir antes de las elecciones" legislativas de octubre.

La apelación del Gobierno respondía a que los camaristas Susana Najurieta, Francisco de las Carreras y Ricardo Guarignoni habían declarado inconstitucional una parte del artículo 45, en los puntos que limitan la multiplicidad de licencias de televisión por cable, al tiempo que fallaron contra el segundo párrafo del artículo 48, que sostiene que la propiedad de las licencias "no podrá alegarse como derecho adquirido".

Sin embargo, el monopolio también apeló porque la Cámara declaró constitucionales otros artículos: el que restringe la transferencia de licencias (41); y el plazo de desinversión de un año -ya excedido- para grupos que superen el tope de la norma (161).

Los abogados de la AFSCA habían denunciado que la sentencia de la Cámara era "arbitraria" por carecer de fundamentos.

Hasta el momento, el planteo del Grupo Clarín contra la norma fue rechazado por el juez de primera instancia (subrogante) Horacio Alfonso y por los fiscales, tanto en primera instancia como en la Cámara, aunque los camaristas finalmente decidieron hacer lugar parcialmente al reclamo de inconstitucionalidad.

El fallo de la Cámara causó buena impresión en el máximo tribunal, ámbito donde ya se han rechazado dos recursos extraordinarios interpuestos por el kirchnerismo para resolver el pleito por la vía del "per saltum".

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