29 de octubre 2015 - 00:00

Otra escala antes del balotaje: una Asamblea el 11-N

Carlos Menem y Fernando de la Rúa
Carlos Menem y Fernando de la Rúa
 El debut de Argentina con el balotaje obliga a inaugurar algunos ritos de la democracia que, como consecuencia, nunca fueron utilizados. Uno de ellos es la necesidad de celebrar una Asamblea Legislativa para ratificar el llamado a una segunda vuelta electoral para elegir la fórmula presidencial, al no haber alcanzado ningún candidato el porcentaje para proclamar al ganador de las elecciones del domingo último. En realidad, es un proceso que establece el Código Electoral para proclamar al presidente electo que, ante la necesidad del balotaje ahora, se replica por la necesidad de convocar a una nueva elección, potestad que tiene el Poder Ejecutivo.

Así, este trámite de formalizar la convocatoria al balojate lo hará la Asamblea Legislativa, que deberá ser convocada por Amado Boudou recien cuando la Justicia electoral envíe los resultados del escrutinio definitivo de las elecciones presidenciales. El cálculo es que esa Asamblea cumplirá la formalidad el próximo 11 de noviembre. El proceso implica que la Asamblea analice los resultados del escrutinio definitivo que le remite la Justicia Electoral y le solicite al Presidente de la Nación que convoque a una nueva elección. Como nunca hubo balotaje, tampoco el Congreso bailó este minué complementario.

En el Senado creen que el escrutinio definitivo quedará terminado la próxima semana y en forma inmediata se realizará la reunión del pleno de diputados y senadores. Las fechas alternativas entonces son el 4 de noviembre o, con mas seguridad, el 14.

De acuerdo con el resultado provisorio, la fórmula del Frente para la Victoria, Daniel Scioli-Carlos Zannini, obtuvo el 36,86 % y Cambiemos con Mauricio Macri-Gabriela Michetti el 34,33 % de los votos.

La primera vez que el país estuvo en situación de ir a una balotaje fue en la elección de 2003 cuando los entonces candidatos Néstor Kirchner y Carlos Menem no alcanzaron el porcentaje exigido por la Constitución Nacional del 45 % o el 40 % con diez puntos de diferencia del primero con el segundo postulante.

En ese momento, Menem había obtenido el primer puesto con el 24,45 % de los votos, y Kirchner-acompañado por Daniel Scioli- el 22,24 %, pero la segunda vuelta quedó trunca por la renuncia del riojano.

Ahora, se realizará el balotaje luego de efectuados los pasos constitucionales, como la convocatoria a la Asamblea Legislativa que debe ratificar el resultado electoral y proclamar a las fórmulas que competirán en el balotaje.

El artículo 120 del Código Electoral dispone que en el caso de la elección presidencial, "las Juntas Electorales Nacionales, comunicarán los resultados al presidente del Senado de la Nación".

La cámara alta "convocará de inmediato a la Asamblea Legislativa, la que procederá a hacer la sumatoria para determinar si la fórmula más votada ha logrado la mayoría prevista en el artículo 97 de la Constitución Nacional o si se han producido las circunstancias del artículo 98 o si, por el contrario, se deberá realizar una segunda vuelta electoral conforme lo dispuesto en el artículo 96 de la Constitución Nacional".

"En este último supuesto se hará saber tal circunstancia al Poder Ejecutivo nacional y a los apoderados de los partidos políticos, cuyas fórmulas se encuentren en condiciones de participar en la segunda vuelta"
, concluye.

En tanto, el artículo 152 del Código Nacional Electoral fija que "dentro del quinto día de proclamadas las dos fórmulas más votadas, éstas deberán ratificar por escrito ante la Junta Electoral Nacional de la Capital Federal su decisión de presentarse a la segunda vuelta. Si una de ellas no lo hiciera, será proclamada electa la otra".

Tras esos pasos formales se convocará al balotaje y tras conocerse el resultado definitivo de la elección, la Asamblea Legislativa volverá a reunirse para proclamar la fórmula que se impuso en los comicios del cuarto domingo de noviembre, que asumirá su cargo el 10 de diciembre.

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