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“Per saltum”: la clave en guerra cautelar (medios)
Martín Sabbatella
Las medidas adoptadas contribuyen a generar un escenario en el cual se hace inminente un pedido de intervención a la Corte Suprema. En los últimos 10 días cuatro jueces de jurisdicciones, rangos y competencias diferentes se pronunciaron respecto del nuevo organismo que preside Miguel de Godoy.
El Gobierno puede requerir la intervención de la Corte por la vía del "per saltum" una vez que finalice la feria de verano. El argumento central es que sería urgente una definición sobre cuál es el marco que rige: se trata del DNU presidencial que disolvió la AFSCA y eyectó a Sabbatella, o bien los fallos que invalidan esos decretos. Sólo el máximo tribunal puede dirimir ese conflicto.
Dos jueces federales de Ciudad de Buenos Aires y San Martín aceptaron, respectivamente, los amparos presentados por una asociación de consumidores y una organización de comunicación popular, dejando interinamente sin efecto los decretos 13/15, 236/15 y 267/15 mediante los cuales el presidente efectuó modificaciones en el organismo que presidía Sabbatella.
El hecho de que los reclamos sean ejercidos por entidades de defensa del consumidor no es menor, porque si el tema se instala en la Corte recalará en una secretaría cercana a Elena Highton de Nolasco.
Los amparos fueron dispuestos por el juez en lo Civil y Comercial de la Capital, Iván Garbarino, (en la causa iniciada por la Asociación de Defensa de Derechos de Usuarios y Consumidores - ADDUC) y otro por la jueza federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín, Martina Forns, en la causa promovida por la Cooperativa de Trabajo para la Comunicación Social.
Garbarino fue impulsado como conjuez para el fuero Civil y Comercial en 2012 desde el kirchnerismo y si bien al comienzo fue resistido por sus pares estos luego terminaron incorporándolo.
Desde el peronismo ayer afirmaban que todas las medidas dispuestas corren para la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y la Comunicación y su extitular, Norberto Berner.
Garbarino opinó al dar pie al amparo que "luce razonable el cuestionamiento que se formula a la amenaza de que la modificación normativa pudiere contribuir a la conformación de monopolios y oligopolios". Puso como ejemplo las modificaciones ordenadas por decreto al artículo 45 de la ley porque "impresiona provisionalmente como una intromisión en la órbita legislativa susceptible de alterar y/o afectar los derechos a la libertad de expresión y de acceso a la información de diversos usuarios y consumidores".
En tanto, la jueza Martina Forns hizo lugar al planteo de una FM, que se presentó representada por la Cooperativa de Trabajo para la Comunicación Social y como integrante del disuelto Comité Federal de Comunicación Audiovisual (COFECA). La magistrada consideró los DNU de Macri "de carácter arbitrario e injustificadamente discrecional".
El Gobierno apelará estas disposiciones aunque el efecto podría ser estéril porque cualquier juez federal del país está en condiciones de apelar una medida administrativa y dejarla sin efecto. Por eso interpelar directamente a la Corte asoma por estas horas como una tentación difícil de rechazar.


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