La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la extensión hasta el 31 de diciembre del plazo durante el cual se suspende todo inicio de juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares a micro, pequeñas y medianas empresas (pymes), personas humanas consideradas "pequeños contribuyentes", entidades sin fines de lucro y el sector de la salud, tal como lo dispuso el Ministerio de Economía en una reciente resolución.
Así lo dispuso a través de la Resolución General 5532/2024 publicada este viernes en el Boletín Oficial y en la que se da cumplimiento a la Resolución 617 del Ministerio de Economías, que prorrogó hasta fin de año la aplicación de la referida suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares.
Detalles de la norma
Esto significa que se detiene temporalmente el inicio de procesos legales para cobrar deudas impositivas y la implementación de medidas como embargos, de acuerdo con lo publicado en el Boletín Oficial.
Según menciona, la medida tiene como objetivo brindar un alivio económico a estos sectores, especialmente dado el contexto de crisis y de dificultades económicas.
Inicialmente, se había dispuesto una suspensión hasta el 31 de julio de 2024. Sin embargo, se decidió extenderlo hasta el 31 de diciembre de 2024.
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