El Gobierno fijó un nuevo índice que se utilizará para calcular el haber inicial de las jubilaciones. La medida fue oficializada mediante la Disposición 10/2026 de la Subsecretaría de Seguridad Social, y alcanzará a trabajadores en relación de dependencia que cesen en su actividad desde el 31 de agosto de 2026 o que soliciten su beneficio previsional a partir del 1 de septiembre.
Cómo se calcularán los montos de las jubilaciones desde septiembre 2026
El Gobierno fijó nuevos parámetros para actualizar los salarios históricos de trabajadores en relación de dependencia antes de determinar el haber inicial.
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Actualizaron el índice para calcular las jubilaciones de trabajadores que se retiren desde septiembre
El nuevo cálculo de jubilación contempla un índice combinado que incluye la evolución salarial medida por el RIPTE y otros parámetros de la legislación.
El cambio no implica un aumento general ni modifica el monto mínimo. El coeficiente se utiliza para actualizar los salarios históricos que se toman en cuenta para calcular el haber inicial de quienes se retiren a partir del próximo mes.
Quiénes se verán afectados por el cambio
La nueva disposición alcanza a los trabajadores en relación de dependencia que estén comprendidos en alguna de las dos situaciones fijadas por la norma: quienes cesen en su actividad a partir del 31 de agosto de 2026 o los que soliciten su beneficio jubilatorio desde el 1° de septiembre de 2026.
Esto significa que el cambio está dirigido principalmente a quienes están próximos a jubilarse y no a las personas que ya tienen una jubilación otorgada. En esos casos, los nuevos coeficientes se utilizan dentro del procedimiento para actualizar las remuneraciones que serán consideradas al determinar el haber inicial.
El reajuste se vincula con las remuneraciones contempladas en los artículos 24 y 97 de la Ley 24.241. El objetivo es evitar que un salario percibido muchos años atrás sea incorporado al cálculo previsional utilizando directamente el valor nominal que tenía en ese momento.
La aplicación del nuevo índice no significa que todas las personas que se jubilen desde septiembre vayan a recibir un determinado aumento porcentual.
El monto final depende de la historia laboral de cada persona, los años de servicios con aportes, las remuneraciones que se computen y las demás variables que intervienen en el cálculo previsional.
Cómo es el nuevo índice para calcular las jubilaciones
El mecanismo que comenzará a utilizarse es un índice combinado destinado a actualizar las remuneraciones mensuales de los trabajadores en relación de dependencia que forman parte del cálculo previsional.
El esquema surge de la normativa previsional vigente y contempla la combinación de dos componentes vinculados con la evolución de los ingresos laborales. Uno de ellos corresponde al indicador establecido por la legislación previsional y el otro está relacionado con la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
Este último refleja la evolución de las remuneraciones imponibles de trabajadores que cumplen determinadas condiciones de estabilidad laboral. Es decir, funciona como un indicador de la evolución de los salarios formales.
La combinación permite obtener el índice utilizado para actualizar los salarios históricos que luego forman parte de las variables necesarias para calcular determinadas prestaciones. La metodología está vinculada con las modificaciones introducidas por la Ley 27.609 y reglamentada mediante el Decreto 104/2021.
La metodología para elaborar el coeficiente fue establecida formalmente mediante la Resolución 3/2021 de la entonces Secretaría de Seguridad Social. El procedimiento contempla una actualización trimestral de las remuneraciones comprendidas en los artículos 24 y 97 de la Ley 24.241.
El procedimiento puede resumirse en varias etapas. Primero se identifican las remuneraciones que deben ser consideradas para la fórmula previsional. Después se determina el período al que corresponde cada salario y se aplica el parámetro establecido para actualizarlo. Con esos valores se continúa con el cálculo del haber inicial según las reglas previstas por el régimen previsional.
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