La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cuenta con un beneficio especial para sus afiliados, el cual consiste en un reintegro del 15% para todos los jubilados y pensionados en todas las compras que hayan hecho en comercios minoristas y/o mayoristas. Aplica también para quiénes cobren el haber mínimo y también para los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE).
Sin embargo, hay una duda latente en otros grupos que tiene que ver con la cuestión de si les corresponde o no reclamar el beneficio. Fundamentalmente pasa con quiénes tienen su Tarjeta Alimentar o con los trabajadores domésticos.
A continuación, te explicaremos en qué casos no te corresponde reclamar el reintegro.
Reintegro del 15%: en qué casos NO aplica el beneficio
1. Consumos con tarjeta de crédito
De acuerdo a lo que sostiene la AFIP en su página oficial, el beneficio sólo corresponde a los consumos con la tarjeta de débito asociada a las cuentas, donde las personas perciben su jubilación, pensión, AUH o AUE. Si lo que querés es recibir el reintegro con tu tarjeta de crédito, por más que seas jubilado o pensionado, no podrás hacerlo.
2. Trabajadores de servicio doméstico
En caso de que estés registrado trabajador de casas particulares, no te corresponde aplicar para recibir el reintegro del 15% en compras con tarjeta de débito. Sólo serán beneficiarias aquellas personas que sean jubiladas o pensionadas con el haber mínimo, o reciban AUH y/o AUE.
Si figurás en el registro de empleados de casas particulares, y además sos beneficiario de alguna de las prestaciones mencionadas líneas arriba, podrás recibirlo pero sólo porque recibís de aquellas prestaciones. No por tu empleo doméstico.
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3. Compras con Tarjeta Alimentar
Las compras realizadas con la Tarjeta Alimentar no están alcanzadas por el beneficio del reintegro a sectores vulnerados. Si gozás de esta prestación, sucede lo mismo que con los empleados domésticos: solo podrán aprovechar el beneficio del reintegro:
- Las personas jubiladas con la mínima.
- Titulares de la Asignación Universal por Hijo.
- Titulares de la Asignación por Embarazo.
- Personas que perciben una pensión por fallecimiento que no exceda la mínima.
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Reintegro del 15% AFIP: ¿por qué puede pasar que me den la baja del beneficio?
En algunos casos puede suceder que seas dado de baja de la percepción del beneficio. Fundamentalmente si:
- El inscrito cobra una jubilación superior al haber mínimo.
- Por tal o cual motivo, se deje de ser beneficiario/a de la AUH o de la Asignación por Embarazo.
- El interesado trabaje en relación de dependencia o como autónomo, sin formar parte de ninguno de los grupos requeridos.
-
Tener ingresos declarados en el impuesto a las ganancias.
- Tributar el Impuesto sobre los Bienes Personales por otros bienes que no son vivienda única.
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