Con la llegada de junio, muchos trabajadores argentinos esperan uno de los ingresos más relevantes del año: el medio aguinaldo. Sin embargo, para algunos, ese beneficio viene acompañado de una carga adicional, ya que el Sueldo Anual Complementario (SAC) también puede estar alcanzado por el Impuesto a las Ganancias.
Este ingreso extraordinario está regulado por la Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744, específicamente en sus artículos 121 y 122, modificados por la Ley 27.073. Allí se establece tanto el criterio de cálculo como los plazos para su liquidación.
El método es claro: el medio aguinaldo se calcula como el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de cada semestre. Es decir, se toma el salario más alto entre enero y junio para calcular el monto a pagar en este primer tramo del año.
El aguinaldo y el pago de Ganancias
Aquellos trabajadores que por sus ingresos se vean alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, también deberán abonar el monto correspondiente por su medio aguinaldo de junio 2025, o Sueldo Anual Complementario (SAC).
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Cómo puede impactar el Impuesto a las Ganancias en el cobro del aguinaldo.
La Ley 27.743 - sancionada en 2024 - modificó el tratamiento del SAC en el Impuesto a las Ganancias. De esta manera, se eliminó la exención anterior y se introdujo una nueva deducción especial, con el objetivo de aliviar la carga fiscal y promover la equidad.
En detalle, la deducción especial equivale a la doceava parte de las deducciones personales (ganancia no imponible, deducción especial y cargas de familia).
Montos orientativos para 2025:
Cuál es el umbral para pagar impuesto sobre el aguinaldo:
Cabe destacar que el ARCA actualizará estos valores periódicamente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
Trabajadores en relación de dependencia
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Base de cálculo: 50% del sueldo bruto más alto percibido en el semestre correspondiente.
Incluye: salario básico, horas extra, comisiones y otros conceptos remunerativos.
Excluye: conceptos no remunerativos como viáticos o asignaciones familiares.
Descuentos: se aplican los habituales de jubilación, obra social, sindicato, etc., para obtener el monto neto o "de bolsillo".
Por otro lado, los trabajadores con menos de seis meses de antigüedad podrán calcular cuánto les corresponde cobrar proporcionalmente. Para eso deberán:
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Identificar el sueldo bruto más alto del período trabajado.
Calcular el 50% de ese monto.
Multiplicar por la cantidad de meses trabajados y dividir por seis.
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Ejemplo:
Cabe destacar que para todos los cálculos se deben considerar, únicamente, conceptos remunerativos, tanto en dinero como en especie, que se devenguen mensualmente. No se deben incluir ni asignaciones no remunerativas ni pagos esporádicos.
En caso de horas extras o sueldos variables, no se promedian: se toma la mayor remuneración dentro del semestre.
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