7 de mayo 2001 - 00:00

Armas: demora la Corte sentencia clave

La Corte postergará la anunciada sentencia sobre asociación ilícita que se esperaba -fundamentalmente por parte de los imputados en la causa de las armas- para esta semana. Los ministros de ese Tribunal decidieron tomarse más tiempo al considerar que no se trata de un planteo de fondo sino de un incidente de forma. Si bien el pronunciamiento de la Corte sería sobre un recurso presentado por Víctor Alderete -ex interventor en el PAMI-los abogados de todos los imputados, desde Menem hasta Emir Yoma, creen que podrán tener un marco referencial para aliviar la situación de sus defendidos porque rechazará el caso político de la figura de la asociación.

Pero en el alto tribunal se planteó el debate por dos motivos: 1) el incidente de excarcelación de Víctor Alderete no es por recurso extraordinario porque aún la Sala I no se pronunció ya que el expediente nunca llegó a ese tribunal por encontrarse en la Corte por ese incidente; 2) la mayoría de los ministros no quiere inmiscuirse en el caso armas hasta que no les toque obligados por el debido proceso. Cualquier definición, aún por la vía indirecta como sería el caso Alderete, estableciendo un encuadre para la calificación de asociación ilícita, podría ser interpretada como una injerencia de la Corte ante los pronunciamientos de la Sala II, del juez Urso y del fiscal Carlos Stornelli, cuyas argumentaciones han planteado una dura polémica.

Ni siquiera el recurso del general Antonio Vicario, a quien la Casación le concedió la excarcelación denegada por un tribunal de juicio del Fuero Penal Económico, va a ser definido, ahora, o en todo caso será rechazado porque se entiende que no se trata de una sentencia definitiva sino de otra medida incidental. Tampoco en ese caso se plantea una determinación de la asociación ilícita ya que se lo juzga por presunto contrabando.

Definición

Pese a que en el expediente de la causa existe un pronunciamiento de Martín Irurzun que integró esa Sala junto a Luisa Riva Aramayo y Horacio Vigliani, definiendo la asociación ilícita, en la Corte se sostiene que no se trata de la apelación del abogado Carlos León Arslanian al fallo del ex juez Adolfo Bagnasco, quien procesó y le dictó la prisión preventiva a Alderete como presunto jefe de una organización ilícita armada en la obra social de los jubilados.

Arslanian
planteó un recurso de excarcelación antes de que Bagnasco definiera la situación procesal de Alderete y sólo mantenía encarcelado en Gendarmería al ex interventor en el PAMI por una «cuestión de peligrosidad para eludir la acción de la Justicia». En esas circunstancias, el abogado recurrió a la Cámara y ésta confirmó lo actuado por Bagnasco, lo que obligó a Arslanian a recurrir a la Corte, pero siempre por el incidente de excarcelación porque a su entender no existían esos motivos de peligrosidad esgrimidos por Bagnasco y pedía la liberación de su patrocinado. Fue este incidente y no la apelación del fallo de Bagnasco lo que llegó a la Corte.

Pero como en ese recurso se había introducido una opinión de Irurzun sobre la responsabilidad de Alderete como jefe de una organización ilícita, por analogía, los abogados defensores en el caso armas y hasta algún ministro de la Corte creyó que la resolución del planteo de Alderete podría darle la oportunidad al más alto tribunal para definir una figura complicada dentro del Derecho Penal argentino.

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