El gobierno comenzó ayer a escalar el camino hacia la Corte para evitar que la pesificación sea anulada por la Justicia. Rubén Citara, procurador del Tesoro, apeló el fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que declaró la inconstitucionalidad de los decretos y leyes que impusieron el "corralito" financiero de Fernando de la Rúa y Domingo Cavallo y el "corralón" de Eduardo Duhalde respaldado por la Ley de Emergencia Económica. Si bien la medida fue muy mal hecha, sacarla de cuajo convulsionaría el país y con ello especula Eduardo Duhalde, confiado en que el máximo tribunal -en definitiva- no complique más la economía. En la Corte, pese a la irritación que les causa el manoseo que significa la irresolución del juicio político, se analiza con prudencia el problema. Se tiene conciencia de que su definición requiere la instrumentación de una alta ingeniería jurídica para no vulnerar garantías constitucionales, pero al mismo tiempo, no provocar un caos económico. De todos modos, hasta noviembre no será tratado en la Corte.
El tan temido fallo por el gobierno que declara la inconstitucionalidad de la pesificación resuelto por la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal llegará antes de fin de mes a la Corte. De todos modos, recién tendrá tratamiento para principios de noviembre, de acuerdo con los plazos procesales y el recorrido interno en el más alto tribunal de cada uno de los pronunciamientos de los jueces supremos. Ayer el procurador del Tesoro, Rubén Citara -defiende al Estado en los juicios-, apeló esa resolución que había hecho lugar al recurso extraordinario que presentó el Defensor del Pueblo, Eduardo Mondino cuestionando la legalidad del Decreto 214/02 que pesificó a $ 1,40 los depósitos en dólares. Esto abrió la puerta para un conflicto de proporciones entre el Poder Judicial con el Ejecutivo y el Legislativo.
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• Compensación
En la Corte existe criterio -no formal todavía- de mantener ese fallo de los camaristas Carlos Grecco, Pablo Gallegos Fedriani y Luis Otero, quienes -también- decretaron la inconstitucionalidad de los Decretos 1.570/01, que estableció el corralito financiero, y el 1316/02, tendiente a posponer por 120 días la salida de fondos del sistema bancario a través de amparos judiciales. Pero para no perjudicar a los deudores hipotecarios hasta 100.000 pesos y a los tenedores de créditos personales menores de 15.000 pesos se estudia mantener esta medida pero que el gobierno compense a los bancos con algún instrumento financiero como podría ser un bono dolarizado. Anular totalmente la pesificación no está ni en el ánimo de los ministros judiciales más belicosos porque entienden que se abriría un «aquelarre» jurídico de proporciones más devastadoras que la devaluación y pesificación que se busca anular. Por eso, la ingeniería jurídica no es de fácil resolución.
Pese a la irresolución del juicio político por parte de la Cámara de Diputados -un condicionamiento a la Corte que es resistida por todo el Poder Judicial- las aguas se mantendrán calmas en el acuerdo de hoy, en lo que se refiere a resoluciones de importancia. La tranquilidad obedece a dos factores: uno, de estrategia. La Corte no moverá sus fichas hasta que no exista una definición sobre el juicio político ya sea por su archivo o por su prosecución. Otro, de procedimiento ya que se encuentran ausentes Augusto Belluscio -se espera su retorno para hoy- y Antonio Boggiano, de viaje por La Haya y el Vaticano. Sus pares no tratarán ningún asunto de importancia hasta que no estén todos los miembros de la Corte. Sólo se avanzará en la elección de los conjueces que reemplazarán a Enrique Petracchi y Gustavo Bossert, excusados por tener dinero retenido en el «corralito» financiero.
Pese a que en la Corte existen otras causas de fuerte repercusión socio-política -legitimidad de la Asamblea Legislativa, que designó al senador Eduardo Duhalde presidente de la Nación, o la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, que mantiene presos a varios militares retirados de alta graduación que provoca malestar en el Ejército- el primer caso de importancia a tratar será la pesificación, cuyo plazo para que se efectúen las apelaciones vence recién el martes próximo, por lo que no se descarta que existan otros recursos extraordinarios ante la Corte.
A partir del vencimiento de los términos legales, la Cámara cuenta con diez días hábiles para dar traslado a los intervinientes en el expediente de los recursos interpuestos. Las partes tienen luego otros diez días hábiles para responder a los planteos, tras lo cual el Tribunal, reunido en acuerdo, resolverá si concede o no los recursos. En el caso de que fueran rechazados, los apelantes pueden aún llegar a la Corte Suprema a través de la interposición de un «recurso de queja». Debido a estos plazos procesales, el expediente no llegará al máximo tribunal antes de los primeros días de noviembre.
El 13 de setiembre pasado la Sala V declaró la inconstitucionalidad del Decreto 214/ 02 y el resto de las normas que avalaron la pesificación de los depósitos efectuados originariamente en dólares. En una resolución de 8 carillas, Grecco, Gallegos Frediani y Otero afirmaron que la sentencia de primera instancia dictada por la jueza Emilia Marta García -que había hecho lugar al reclamo de Mondino y que fue apelada por el gobierno-era ajustada a derecho y, por lo tanto, quedó confirmada. El 8 de agosto último, la misma sala en otro expediente («caso Muratorio») ya había adoptado el mismo temperamento.
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