5 de junio 2002 - 00:00

Suspenden a tres jueces por amparos

El Superior Tribunal de Justicia del Chaco suspendió ayer a tres jueces por graves irregularidades cometidas en la tramitación de los amparos que obligaron a bancos a la devolución de los depósitos del "corralito". Es la primera vez que un tribunal de Justicia avanza con la investigación de la conducta de sus integrantes y abre un proceso de juicio que puede terminar en su destitución. Los jueces acusados son Daniel Joaquín Fernández Aselle y Daniel Enrique Freytes, de Roque Sáenz Peña, y Estela Amelia Ponce, de la localidad de Charata, en Chaco. En la investigación surgieron casos asombrosos, como la existencia de sentencias fechadas antes de que ingrese la demanda en cuestión. También hubo otro juez que ordenó la restitución de un depósito solamente contra la prueba de un simple ticket de cajero automático. Todas las causas resueltas por estos jueces correspondían a otro fuero (el federal) o a otras provincias. A los tres se les imputa la posible comisión de "los delitos de prevaricato, reiteración de graves irregularidades de procedimiento y actos reiterados de parcialidad manifiesta". También en el Consejo de la Magistratura en la Justicia nacional se investiga a jueces del "corralito".

Sorprendió ayer el Superior Tribunal de Justicia del Chaco al suspender provisoriamente a tres jueces provinciales por haber cometidos graves irregularidades en la tramitación de los amparos para extraer dinero de los bancos afectados por la vigencia del «corralito financiero» y enviaron el caso ante el procurador general para que se abra la acusación correspondiente ante el Consejo de la Magistratura y el Jury de Enjuiciamiento.

Los jueces Daniel Fernández Aselle (civil y comercial), Daniel Freytes (instrucción) -ambos de Roque Sáenz Peña-y Estela Amelia Ponce (subrogante comercial y laboral) de Charata fueron acusados por la cabeza del Poder Judicial provincial de la presunta comisión de los delitos de «prevaricato, reiteración de graves irregularidades de procedimiento y actos reiterados de parcialidad manifiesta».

La decisión de los máximos jueces chaqueños -María Luisa Lucas, Ramón Rubén Avalos, Eduardo Omar Molina y Ricardo Fernando Franco-es la primera que se conoce en el país contra magistrados sospechados de conceder recursos de amparo bajo maniobras fraudulentas y dando origen al pago de coimas de más de 25% de la suma recuperada. Este trascendido judicial, que deberá ser probado en las investigaciones que se inicien a nivel provincial y nacional, coincide con que la mayoría de esos recursos se concedieron a casos cuyos depósitos retenidos superaban los u$s 100.000 hasta cifras millonarias como ocurrió en la Capital Federal, donde el Consejo de la Magistratura tiene abierta una investigación a raíz de una denuncia presentada por un juez de Azul, provincia de Buenos Aires, contra el juez federal de Resistencia (Chaco), Carlos Skidelsky.

•Auditoría

Es más, el representante de los colegios de abogados del interior ante dicho consejo nacional, Eduardo Orio, propuso auditar el Fuero Contencioso Administrativo Federal para evitar suspicacias en relación con los magistrados de ese fuero que debieron concursar por una vacante de camarista. Si bien no se ha dicho abiertamente, es un secreto a voces en los pasillos tribunalicios que ese estado de sospecha generalizada habría cerrado las puertas para cubrir ese cargo de los jueces Osvaldo Guglielmino, Ernesto Marinelli y Martín Silva Garretón, especialmente este último que apareció liderando el ranking del Banco Central por cantidad de amparos concedidos aunque en calidad (montos) fue superado por sus pares María Emilia García y Sergio Fernández.

La resolución del tribunal chaqueño es laudatoria. Esos jueces pudieron acreditar -después de una rápida investigación que también incluyó a dos de sus pares: Juan Zaloff Dakoff y Hugo Osicka-que los magistrados acusados «dictaron medidas cautelares innovativas sin acreditar la verosimilitud de los derechos invocados por los actores (ya que) se basaron en fotocopias simples en lugar de exigir los documentos originales; ignoraron groseras contradicciones que surgían de la documentación o no identificaron correctamente a los titulares de los depósitos; incurrieron en una sistemática violación de las normas procesales que fijan la competencia territorial y observaron una conducta ambivalente con respecto a los aportes a tasa de Justicia y Caja Forense (porque) exigieron en algunos casos y omitieron en otros».

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