En este nuevo fallo (Cabrera), lo que la Corte ha dispuesto es el rechazo de un recurso de amparo interpuesto por un ahorrista que, cuando se dictaron las normas de pesificación obligatoria, accedió a retirar los fondos que tenía en el sistema financiero, recibiendo el importe en moneda de curso legal a un tipo de cambio subvaluado ($ 1,40 por cada dólar estadounidense),
Para los miembros de la Corte, tal conducta por parte del ahorrista, de aceptar voluntariamente la pesificación y la devolución de su dinero en moneda nacional sin protesta alguna, sin reserva de futuras acciones, y sin queja importó una verdadera «renuncia» a atacar la normativa de pesificación; por lo que no puede dicho ahorrista posteriormente arrepentirse de lo obrado y solicitar que los tribunales declaren la inconstitucionalidad de dichas normas.
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