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21 de junio 2024 - 15:29

Ingresos Brutos: ¿Cuáles son los cambios en el Régimen Simplificado de CABA y cómo se aplicará?

Los ajustes en el RSIB van en paralelo con los que se apliquen a nivel nacional.

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La Ley 6.571 entró en vigencia el día de su promulgación, lo que ocurrió el 7 de junio, aunque fue publicada en el BOCABA  del 14 de junio del 2024.

El Régimen Simplificado de Ingresos Brutos (RSIB) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde siempre se presentó como mucho más acotado que otros regímenes similares y muy alejado del Monotributo nacional.

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Sus parámetros, en particular el de los ingresos brutos anuales, alcanza a un universo reducido de sujetos, quienes por la incidencia de la inflación en los precios son expulsados del régimen con cierta asiduidad. Es que para los parámetros se reconocía una actualización anual al sancionarse las modificaciones al Código Fiscal y Ley Tarifaria para cada año fiscal.

Estos valores al permanecer sin ajuste por el término de 12 meses generaban una falta de adecuación a la realidad económica con la cual se debe confrontar cuatrimestralmente en cada vencimiento para la recategorización de existir modificaciones en la situación del sujeto.

Los cambios sancionados: de qué se trata

Con gran morosidad en reconocer este desfasaje los legisladores porteños sancionaron la Ley 6.721 introduciendo modificaciones al Código Fiscal y a la Ley Tarifaria para 2024, en aras de reconocer la necesidad de actualización de los parámetros.

El RSIB actualmente cuenta con 8 categorías, el primero de los cambios dispone que como mínimo cuente con 8 categorías y faculta a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos para ajustar anualmente los rangos de las bases imponibles gravadas cuando se produzcan modificaciones en el Monotributo nacional, tal como dispone la reforma introducida a la Ley Tarifaria.

Dicho de otro modo, los ajustes en el RSIB van en paralelo con los que se apliquen a nivel nacional.

Por otra parte se actualiza el importe aplicable a la categoría máxima llevándolo a $11.916.410,45 de $7.996.490,00. La nueva escala de categoría tomando el nuevo importe como máximo aún no se dio a conocer.

El otro importe que se actualiza es el referido al importe máximo de venta para cosas muebles fijándolo en $180.589,67, antes $85.627,66.

Vigencia y aplicación

La Ley 6.571 entró en vigencia el día de su promulgación, lo que ocurrió el 7 de junio, aunque fue publicada en el BOCABA del 14 de junio del 2024.

El último plazo de recategorización del régimen venció el 31 de mayo de manera que recién serán aplicados a tales fines en el mes de septiembre, mes en que opera el próximo plazo cuatrimestral para evaluar si corresponde o no recategorizarse.

A partir que se conozca la tabla modificada con los parámetros actualizados, la misma se considerará para nuevas inscripciones al régimen.

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