29 de septiembre 2026 - 21:04

Ingresos Brutos: CABA amplía a otras provincias el sistema para compensar saldos a favor

Los saldos a favor de este tributo, por acuerdo entre las partes, actualmente se imputan recíprocamente entre la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de Santa Fe. El mismo mecanismo se está acordando con otras jurisdicciones, con la idea de su generalización.

La posibilidad de compensar recíprocamente saldos a favor con la AGIP tiende a ampliarse con otras provincias

La posibilidad de compensar recíprocamente saldos a favor con la AGIP tiende a ampliarse con otras provincias

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La Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) celebró el año pasado un acuerdo con la provincia de Santa Fe a los fines de implementar un régimen de imputación recíproca de saldos a favor del contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, cuando estos desarrollan actividades conjuntamente en ambas jurisdicciones.

Este mecanismo está camino a su ampliación porque la CABA está a punto de concretar un nuevo acuerdo con la provincia de Chubut y está trabajando sobre otro convenio con la provincia de Mendoza.

Así lo hizo saber el administrador de la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), Germán Krivocapich, en el marco de la 19° Conferencia Anual Potestades Tributarias, organizada por Forum, ente de capacitación corporativa, al que concurren funcionarios, representantes de empresas y profesionales cada año. Más aún, dejó entrever que se está avanzando con otras jurisdicciones, además de las citadas, pero no dio detalles.

La intención final es crear un clearing

El procedimiento de imputación de saldos a favor de forma recíproca del Impuesto sobre los Ingresos Brutos opera para contribuyentes del Convenio Multilateral. Sujetos que ejercen sus actividades en distintas jurisdicciones del país y en CABA.

Lo que permite es que, si el contribuyente tiene saldo a favor en una jurisdicción, pueda compensarlo con la obligación de otra y viceversa. De momento, por el acuerdo firmado entre la AGIP y la Administración Provincial de Impuestos (API) de Santa Fe, se da entre estas jurisdicciones.

Pero, conforme se vaya probando la posibilidad de que este procedimiento funcione y se amplíe por acuerdos recíprocos, como lo hace la AGIP-CABA, el objetivo final, según señaló el funcionario, es llevarlo a la consideración de la Comisión Arbitral de manera de implementarlo como una suerte de “clearing” entre todas las jurisdicciones que conforman el Convenio Multilateral para el pago de Ingresos Brutos.

Cómo funciona

Este mecanismo compensatorio se encuentra regulado en CABA por la Resolución 535/AGIP/2025, que dispone el procedimiento, los requisitos de ingreso y el uso del sistema de Cuenta Corriente Tributaria para los contribuyentes de CABA.

Por su parte, la API de Santa Fe lo reglamentó mediante la Resolución General API 31/2025 y correlativas, en similares términos, aunque hay que aclarar que, en ambos casos, el contribuyente debe interponer el pedido de imputación del saldo a favor.

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