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Un ejemplo claro de ello es que el gobernador de la provincia de Buenos Aires, en el momento más álgido y delicado de la escalada de violencia, designó meses atrás -para evitar una interna política-ministro de Seguridad a un ingeniero agrónomo que reconoció públicamente su falta absoluta de conocimientos y experiencia en el área que se le asignaba. La profundización de la crisis y el posterior relevo del funcionario no fue más que el desenlace de una muerte anunciada. Su reemplazo por parte de la vicegobernadora, para finalmente designar nuevamente al mismo ministro autor de la reforma judicial que hoy se dice fracasó hace más patética la situación.
I) penas realmente severas para determinados tipos de delitos;
II) intentar combatir el uso indiscriminado de armas;
III) establecer algún tipo de control de identificación sobre la telefonía celular;
IV) limitaciones a los casos de conmutaciones y reducciones de penas, así como en el sistema de excarcelación;
V) mejores y más efectivos controles judiciales y penitenciarios y
VI) documentos de identidad más seguros.
De un modo insólito, este gesto de enorme civilización y contenido democrático, que recorrió el mundo como un ejemplo de cómo peticionar en forma pacífica a las autoridades respetando los mecanismos constitucionales, ha tratado de ser menoscabado por algunas opiniones periodísticas, políticas, gubernamentales, y de las organizaciones de Derechos Humanos, quienes pretenden desacreditarlo endilgándole connotaciones tan absurdas como un pretendido autoritarismo, intolerancia, falta de humanidad, reminiscencias de la dictadura, resabios nazis y hasta de ser un acto contrario u opositor a los mismos derechos humanos. Como en tantos otros episodios de la vida nacional el cristal con que la clase política, parte del periodismo y cierta dirigencia miran los acontecimientos provoca una distorsión tan fuerte de la realidad que termina construyendo una vidriera con características similares a las que proféticamente describió Discépolo en «Cambalache». Ya desde 1948 la Declaración Universal de Derechos Humanos estableció que «todos» los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos (art. 1) incluyendo el derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona (art.3) sin que se pueda hacer distinción alguna en materia de raza, religión, color, sexo, opinión política o de otra índole (art.2); e iguales ante la ley con derecho a igual protección (art. 7). Desde 1985 la Asamblea General de la ONU adoptó la «Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder», incluyendo en el concepto «víctima» no sólo a quien ha sufrido el menoscabode sus derechos por la violación de la ley penal vigente (art. A-1) sino también a los familiares o personas a cargo que tengan relación inmediata con la víctima directa y a las personas que han sufrido daños al intervenir en asistencia para conjurar el peligro o prevenir el delito (art. A-2).
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