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7 de septiembre 2026 - 08:10

El Gobierno reglamentó el Régimen Penal Juvenil: cuáles son los cambios y cómo se aplicará

El decreto establece cómo se aplicará el nuevo régimen para adolescentes de 14 a 17 años. También crea la figura del supervisor especializado, un comité interministerial y una mesa federal para coordinar su implementación.

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El Decreto 875/2026 estableció los mecanismos para implementar el Régimen Penal Juvenil en la Justicia nacional y federal. El Ejecutivo definió cómo funcionará el sistema de supervisión y seguimiento de adolescentes imputados.

STV

El Gobierno reglamentó el nuevo Régimen Penal Juvenil, establecido por la Ley N° 27.801, que alcanza a adolescentes de entre 14 y 17 años. La implementación quedó formalizada mediante el decreto 875/26, publicado en el Boletín Oficial, que establece los mecanismos para aplicar las modificaciones incorporadas al sistema penal juvenil.

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La norma fue firmada por el presidente Javier Milei, el ministro de Justicia Diego Santilli y el secretario Juan Bautista Mahiques. La reforma permite que adolescentes de 14 años puedan ser judicializados por delitos contemplados en el Código Penal, aunque bajo un esquema específico y diferenciado del régimen penal de adultos.

El nuevo sistema contempla la posibilidad de aplicar condenas, medidas alternativas y, en determinados casos, privación de la libertad. La autoridad de aplicación será el Ministerio de Justicia, que tendrá a su cargo la coordinación general del régimen, la elaboración de normas complementarias y la celebración de convenios con provincias, universidades, organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil.

Uno de los principales cambios previstos por la reglamentación es la incorporación de la figura del supervisor especializado, quien tendrá la responsabilidad de realizar el seguimiento, brindar asistencia y ejercer el control sobre el adolescente durante el proceso judicial. Para ocupar ese puesto será necesario contar con formación académica vinculada con educación, pedagogía infanto-juvenil, psicología, adicciones o trabajo social.

La reglamentación también dispone la creación del Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil, que funcionará dentro del Ministerio de Justicia. Mientras se lleva adelante la convocatoria pública para conformar el registro definitivo, la autoridad de aplicación elaborará un listado provisorio de profesionales habilitados. Ese proceso tendrá un plazo máximo de 180 días y serán los jueces quienes seleccionen al supervisor correspondiente en cada causa.

Una vez constituido el registro permanente, los profesionales que no sean incorporados dejarán de estar disponibles para nuevas designaciones. Sin embargo, podrán continuar interviniendo en los expedientes en los que ya hayan sido asignados, si así lo dispone el juez correspondiente.

La reglamentación establece además un esquema de coordinación entre distintas áreas del Estado. Para eso se creó el Comité Interministerial del Régimen Penal Juvenil, un organismo permanente que estará integrado por representantes de cuatro ministerios: Justicia, que tendrá la coordinación; Seguridad Nacional; Capital Humano; y Salud. Cada cartera deberá designar un representante titular y otro suplente, con rango mínimo de director nacional.

El comité tendrá entre sus tareas la elaboración de criterios comunes para la prevención, el abordaje y la reinserción, además del intercambio de información estadística y técnica. También podrá formular recomendaciones no vinculantes y deberá coordinar las acciones necesarias para implementar las penas alternativas contempladas por la ley.

El decreto prevé, además, la participación de distintos organismos como colaboradores cuando los temas tratados así lo requieran. Entre ellos figuran la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas, la Procuración General de la Nación, la Defensoría General de la Nación y otros organismos del Poder Judicial.

A nivel federal también se puso en marcha la Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil, concebida como un ámbito permanente de articulación entre la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La adhesión será voluntaria y la coordinación estará a cargo de un representante del Ministerio de Justicia.

El espacio contará con delegados de cada jurisdicción provincial y de la CABA, además de representantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Procuración General de la Nación y la Defensoría General de la Nación. Entre sus objetivos se encuentran armonizar criterios técnicos y procesales, intercambiar buenas prácticas y facilitar acuerdos de cooperación entre las distintas jurisdicciones.

La reglamentación también incorpora disposiciones vinculadas con los derechos de las víctimas. Entre las garantías reconocidas aparecen la tutela efectiva, la asistencia especializada y el patrocinio jurídico gratuito. A su vez, el Ministerio de Justicia deberá implementar capacitaciones continuas destinadas a jueces, fiscales, defensores y otros operadores que intervengan en el sistema de Justicia Penal Juvenil en los fueros nacional y federal.

Finalmente, el decreto establece un mecanismo de comunicación con el Registro Nacional de Reincidencia, dependiente del Ministerio de Justicia, para realizar el seguimiento de los adolescentes alcanzados por el régimen. Esa comunicación deberá efectuarse respetando la reserva del proceso establecida por la propia ley.

Qué dice el nuevo Régimen Penal Juvenil

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