8 de enero 2021 - 00:00

Limitan circulación nocturna, acotan vuelos y restringen transporte público

Lo confirmó Santiago Cafiero durante una visita al Hospital Malbrán, junto a Ginés González García. Aval de los gobernadores a las medidas del Presidente.

Contagios. “Si esto se sigue acentuando vamos a tomar las decisiones que tengamos que tomar. No va a haber especulación electoral”, advirtió ayer Cafiero junto a Ginés González García en el Hospital Malbrán. 
Contagios. “Si esto se sigue acentuando vamos a tomar las decisiones que tengamos que tomar. No va a haber especulación electoral”, advirtió ayer Cafiero junto a Ginés González García en el Hospital Malbrán. 

Alberto Fernández decretará la restricción a la circulación nocturna para intentar reducir los contagios de coronavirus que comenzará a regir hoy con la publicación de la medida en el Boletín Oficial. “Las medidas van a estar esta tarde definidas. Se están redactando en este momento. Y van a estar publicadas mañana, cuando van a empezar a regir”, explicó ayer el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, sobre la restricción que se extenderá desde las 23 hasta las 5.

El funcionario nacional explicó que las medidas son parte de “un acuerdo con todos los gobernadores y gobernadoras” con el fin de restringir la circulación por el aumento de casos de coronavirus. El ministro coordinador también remarcó que, por ahora, la restricción nocturna “no tiene fecha de finalización” y llamó nuevamente a toda la sociedad a reforzar los cuidados frente a la pandemia.

Durante un acto en el Instituto Malbrán y acompañado por el ministro de Salud, Ginés González García, Cafiero advirtió: “Si el aumento de casos se sigue sosteniendo, tenemos la decisión del Gobierno nacional, los gobernadores y los intendentes de avanzar en medidas de restricción de la circulación”. “No hay que dejarse llevar por la foto de un día, sino tener una mirada sistémica: no hay que mirar solamente la cantidad de casos”, aclaró el jefe de Gabinete. E insistió: “Si esto se sigue acentuando, vamos a tomar las decisiones que tengamos que tomar. No va a haber especulación electoral”.

La restricción nocturna fue acordada durante la reunión virtual que encabezó el miércoles el presidente Alberto con los gobernadores, en la que analizaron el incremento de contagios de coronavirus que se registró en las últimas semanas. La medida busca evitar las reuniones nocturnas, que se dan principalmente entre los jóvenes, los cuales se convirtieron en las últimas semanas en un importante grupo de propagación del coronavirus. Durante la reunión por videoconferencia entre el Presidente y los gobernadores hubo amplio consenso en torno a la medida, en medio de la preocupación por el crecimiento de los contagios.

Las principales medidas que serán publicadas a través de un decreto presidencial en el Boletín Oficial son:

Limitar nocturnidad entre las 23:00 y las 05:00, aunque cada jurisdicción podrá adaptar el horario a su realidad sanitaria local dependiendo la cantidad de contagios.

Restringir nuevamente el uso de transporte público a trabajadores esenciales.

Acotar viajes internacionales y exigir test PCR en el momento que alguien llega a cualquier provincia (aéreos). Sobre todo a destinos donde hay mayor número de casos.

Acotar a 10 el número de personas en reuniones.

Entre el Presidente y los Gobernadores hubo consenso para que las medidas adoptadas no afecten la producción económica ni fuentes de empleo, y que tampoco obliguen a cancelar vacaciones ni la actividad en lugares turísticos. Ayer Cafiero ratificó que “la temporada no se va a ver alterada” por la restricción a la nocturnidad y explicó que “sí hay que modificar cuestiones contractuales y de cuidados personales”. “Con respecto a la temporada, lo que queremos es que continúe y sea de cuidados, atípica, como ha sido el 2020. Queremos que se extremen los cuidados para que la temporada pueda continuar”, subrayó el ministro coordinador.

El Gobierno evaluaba también la posibilidad de incluir una restricción para operar sólo el 30% de los vuelos internacionales entre las nuevas medidas que se adoptarán ante el crecimiento de los casos de covid-19. Días atrás, desde distintos sectores del sistema aeroportuario se indicó que estaba en evaluación un cierre total de los vuelos internacionales, pero esa idea fue cuestionada por distintas áreas del Gobierno.

El Gobierno descartó un cierre total del Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini, donde también se concentran los vuelos locales, y evalúa la posibilidad de reducir las frecuencias de los vuelos que llegan a Ezeiza. Hoy vence la prohibición de vuelos con el Reino Unido, Italia, Países Bajos, Australia y Dinamarca, donde ya se había detectado la nueva cepa de covid-19.

Al respecto, se evalúa prorrogar esa medida y extenderla a otros países, aunque la decisión final no está tomada y se conocería en las próximas horas, junto a los detalles de otras medidas como la restricción a la circulación nocturna. El objetivo sería complementar aquella restricción adoptada en diciembre frente a la aparición de la nueva cepa de covid-19 en Europa, junto al endurecimiento de los ingresos al país por vía terrestre.

Las penas por no cumplir con las disposiciones gubernamentales en el marco de la pandemia prevén prisión de plazos que van desde los 15 días hasta los dos años, según el primer DNU que firmó Alberto para establecer la cuarentena, que luego fue renovada en varias ocasiones. El mismo tipo de pena regiría para quienes no cumplan con la prohibición de circular entre las 23:00 y las 5:00, que la Casa Rosada dispondrá para todo el país a partir de este viernes, con el fin de contener el crecimiento de contagios de covid-19 registrado en las últimas semanas.

El artículo 4 del primer decreto de la cuarentena estableció que “cuando se constate la existencia de infracción al cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio o a otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal” Precisamente, el artículo 205 del Código Penal indica que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

Dejá tu comentario

Te puede interesar