Hace más de 3 meses que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reguló la transferencia de crédito fiscal. De esa fecha a la actualidad, fueron contados los nuevos pedidos de cesión y las autorizaciones que el organismo que dirige Alberto Abad otorgó a dichas operaciones.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
Las transferencias de crédito se habilitaron a partir del 14 de junio de 2001, cuando la Corte Suprema emitió el fallo «FM Comercial SA», que determinó que se habilitaba el derecho de transferir saldos a favor del contribuyente, no se había regulado el procedimiento.
Finalmente, la regulación (RG 1.466) se elaboró e indicó que las transferencias iban a ser autorizadas cuando «se verifiquen la existencia y legitimidad de los créditos y el peticionante no adeude obligaciones impositivas y/o previsionales, líquidas y exigibles, a la fecha de presentación de la solicitud».
El problema es que en el lapso de junio de 2001 a marzo de 2003, momento en que la operación estaba desregulada, se realizaron cesiones de crédito que no tenían -según el precedente fallo de la Corte-«poder cancelatorio pleno».
Cada transferencia fue presentada en las agencias de la DGI que correspondían, en espera de la regulación exigida por la Corte publicada en marzo.
Se acumularon así las transferencias de más de un año y medio -se estima que son entre $ 260 millones y $ 300 millones-desde el fallo mencionado hasta la regulación de la AFIP que debían ser autorizadas. Hoy, esos cedentes de crédito deben esperar que la DGI se expida a favor de las transferencias o las impugne. Están, además, inhabilitados para ceder más crédito hasta tanto no tengan la autorización de las transferencias realizadas con anterioridad a la resolución de la AFIP.
Ahora bien, las nuevas transferencias deben ser primero presentadas de acuerdo con la última normativa y ser autorizadas para su concreción.
Asusta a las empresas el hecho de que la DGI no tenga plazo para expedirse en esa autorización, no obstante el fallo de la Corte. Que no exista plazo de expedición complica a quienes quieren transferir y hace preferibles los Certificados de Crédito Fiscal (CCF), a la hora de comprar. Las transferencias están demoradas. Hay que dar tiempo a la DGI para que analice las cesiones realizadas desde el fallo de «FM Comercial» y está bien que se verifiquen», explicó el tributarista Guillermo Fernández y recalcó que «lo criticable es que no hay certeza en la norma, porque la DGI debería expedirse en un plazo razonable y contemplado, en las mismas condiciones que el contribuyente tiene plazos para hacer sus presentaciones».
Pareciera coherente a la política de control fiscal que sean verificadas las condiciones en que se generó crédito fiscal en un período determinado, especialmente cuando se registra hoy un incremento inaudito de las facturas apócrifas. «El mercado de crédito fiscal está momentáneamente agotado porque nadie puede ceder hasta tanto no tenga aprobado el crédito fiscal», explicó Fernández. En cuanto al plazo indeterminado de esta aprobación, el tributarista consultado recordó que, en caso de que la demora sea grande, es posible presentar un recurso de retardo ante el Tribunal Fiscal de la Nación.
Dejá tu comentario