21 de agosto 2018 - 16:13

La Corte falló a favor de UBER y dice que es una "actividad comercial lícita"

El máximo tribunal consideró que ese servicio de transporte público se trata de una “actividad comercial lícita”. Rechazó un reclamo del gremio de taxistas.

La Corte falló a favor de UBER y dice que es una actividad comercial lícita
La empresa UBER, que mediante una app conecta a conductores y pasajeros, recibió el visto bueno de la Corte Suprema para operar, pese a que su funcionamiento en el país es fuertemente resistido por los sindicatos de taxistas.

El máximo tribunal le dio luz verde para continuar funcionando al dejar firme un fallo de hace dos años presentado por el Sindicato de Peones de Taxis de la Capital Federal. En el mismo consideró que "quienes conducen vehículos para UBER desarrollan una actividad comercial lícita".

Es decir: la Corte no solo dijo que los conductores no cometen un delito al trabajar prestando servicio a través de UBER, sino que además consideró que esa modalidad de transporte público como "una actividad comercial lícita".

El gremio de taxista había denunciado a 33 conductores de UBER bajo la acusación de "entorpecimiento del transporte, desobediencia, competencia desleal, instigación a cometer delitos y asociación ilícita". Pero en agosto de 2016 un juez de primera instancia sobreseyó a los choferes, fallo que luego fue ratificado por la Cámara del Crimen y ahora por la Corte Suprema.

"La prestación del servicio de transporte de pasajeros sin contar con habilitación oficial no configura una conducta tipificada por la legislación punitiva. No se advierte cuál sería el delito concreto al que se habría instigado ni los delitos indeterminados que tendría por objeto la supuesta asociación ilícita", sostuvo en su momento la Sala V de la Cámara.

"La alegada comisión del delito previsto en el artículo 194 del Código Penal (entorpecimiento del tránsito) por los efectos que provocarían los autos que ofrezcan el servicio, se plantea como algo conjetural en un futuro, por lo cual el enrolar conductores para que realicen viajes contratados no lleva razonablemente a evaluar la existencia del tipo penal aludido", según los jueces dijeron en aquel fallo.

En cambio, el Tribunal evaluó que la denuncia "parece revelar que la discusión aquí planteada gira en derredor de la disconformidad de los denunciantes con la aparición de un competidor comercial, destacando que el fuero penal no es la vía apropiada para resolver tal conflicto".

Tras conocerse el fallo de la Corte, el dirigente de la Cámara del Autotaxi, Horacio Pérez, consideró en declaraciones al canal C5N que "esto no cambia nada" porque "UBER tiene otras tres causas abiertas".

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