El 29 de octubre venció el plazo para acceder a la moratoria que permitía cancelar a su valor histórico, al contado o en hasta 6 cuotas, las deudas impositivas de los impuestos Inmobiliario y Automotor vencidas hasta el 31 de diciembre de 2001.
No contemplaba intereses de actualización ni punitorios, en tanto que tampoco pagaron intereses de financiación quienes cancelaron sus deudas en hasta 3 cuotas mensuales. Mientras tanto, sí pagaron intereses de 0,5% mensual sobre saldos los contribuyentes que optaron por el plan de más de 3 cuotas y hasta un máximo de 6 cuotas. Los pagos se efectuaron en efectivo, patacones, LECOP, cheques cancelatorios, cheques certificados y cheques de cualquier banco a nombre de la «Dirección Provincial de Rentas Bs. As.-No a la orden».
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