El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
Impugnó asimismo ciertas disposiciones de la Ley de Comercio Exterior de ese país que irían contra el Acuerdo Antidumping y el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias.
Estados Unidos pidió que ambos temas sean examinados y resueltos por sendos grupos especiales de arbitraje de la OMC.
De acuerdo a los argumentos estadounidenses, las autoridades mexicanas basaron la medidas antidumping al arroz en un análisis del daño sufrido efectuado con datos antiguos.
Tampoco habrían realizado "exámenes objetivos" del volumen de las importaciones objeto del dumping (venta desleal a bajo precio).
Un representante de EEUU afirmó que el país latinoamericano tampoco cumplió con analizar adecuadamente el efecto de dichas importaciones en los precios de productos similares en su mercado interno ni sus repercusiones sobre los productores nacionales.
Por otro lado, según la posición estadounidense la Ley de Comercio Exterior mexicana no otorga a las partes interesadas plena oportunidad de defender sus intereses y preparar sus argumentos, además de prever indebidamente la aplicación de multas durante el periodo de investigación.
Ambos países realizaron anteriormente consultas formales e informales en las cuales unos y otros dieron sus puntos de vista sin lograr un entendimiento, lo que llevó a EEUU a pedir a la OMC la conformación de un grupo de árbitros.
México por su parte rechazó este pedido y paralizó momentáneamente su instalación por ser la primera solicitud en ese sentido.
Los delegados mexicanos afirmaron que Estados Unidos "interpreta inadecuadamente nuestra legislación" y que su demanda "es confusa y vaga".
Además, señalaron que se incluyen varias medidas y disposiciones que no habían sido objeto de las consultas celebradas, por lo que México considera que "no es legítimo incluirlas en estas etapa del proceso".
México aseguró igualmente que su Ley de Comercio Exterior es totalmente compatible con sus compromisos internacionales.
Si EEUU insiste, su solicitud será examinada en la próxima reunión del Organo de Solución de Diferencias de la OMC y, de acuerdo a la reglas vigentes, se procederá a la conformación automática del grupo de árbitros.
Dejá tu comentario