30 de marzo 2006 - 00:00

Citricultores contra el Código Tributario

Los citricultores manifestaron su rechazo al nuevo Código Tributario de Tucumán, que elimina la alícuota 0 que gozaba hasta el momento la producción primaria de frutas sobre determinados impuestos provinciales.

«Esto es malo, porque la actividad, en su proceso primario, gozaba de una exención en el caso del Impuesto a los Ingresos Brutos, situación que hemos perdido», se quejó el vicepresidente de la Asociación Tucumana del Citrus (ATC), Roberto Sánchez Loria.

La Legislatura eliminó la alícuota 0 para la producción primaria de fruta, de la que gozaban los productores de citrus y arándano por ejemplo, para el pago de Ingresos Brutos, Sellos y Salud Pública.

La nueva medida fijó, además, una tabla con alícuotas diferenciales.

En el caso de la actividad azucarera, la principal de Tucumán, los legisladores cambiaron la base del cálculo para el pago de Ingresos Brutos, que antes se hacía sobre la utilidad (diferencia entre compra y venta) y ahora será sobre el valor de la venta neta.

«Lo que más malestar nos generó es cómo se hicieron las cosas, sin consultas, pese a que tenemos una mesa de discusión permanente con el Poder Ejecutivo (sobre cuestiones agrícolas), a instancias del propio gobierno. Esto es una incongruencia», dijo a la prensa el empresario.

Los cambios fiscales, según Sánchez Loria, desaniman la producción, porque «se insiste con impuestos distorsivos, como Sellos e Ingresos Brutos, que son regresivos y que están cuestionados desde hace mucho tiempo».

«En una provincia como ésta, con tanta pobreza y problemas de equidad, hay que tener cuidado, porque estas medidas tal vez puedan resolver algún problema de caja, pero a costa de hipotecar el futuro», advirtió el dirigente del sector.

La actividad citrícola ocupa un lugar destacado en la actividad tucumana, porque la provincia es la primera productora de limón del mundo, con exportaciones a casi todos los países de la Unión Europea y a la naciones del sudeste asiático.

Los cambios impositivos otorgan además, mayores facultades a la Dirección General de Rentas (DGR), que podrá solicitar a la Justicia embargos preventivos y otras medidas cautelares.

Dejá tu comentario

Te puede interesar