2 de mayo 2003 - 00:00

Reglamentan movimiento de bovinos en zonas inundadas

La salida de bovinos de las zonas inundadas de la provincia de Santa Fe deberá tener el aval de las autoridades locales y, cuando corresponda, los animales serán vacunados contra la aftosa y la bruselosis, informó hoy el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).

"El movimiento de ganado de establecimientos ubicados en las zonas inundadas será autorizado por el veterinario local del SENASA, con el aval de la Comisión Técnica del Ente Sanitario Local y de la COPROSA respectiva", señala la información.

Las "medidas excepcionales" por la gravedad de la catástrofe climática que afecta a el territorio santafesino "se aplicarán para el movimiento de bovinos de "las zonas declaradas en emergencia de los departamentos San Javier, Vera, San Justo, General Obligado, Castos, Capital, Las Colonias, Garay, 9 de Julio y San Cristóbal".

Entre las disposiciones excepcionales se destaca "la vacunación antiaftosa y antibrucélica por egreso de aquellos bovinos que aún no cumplimentaron el registro de las mismas en el período actual, y que se movilicen con destino a otro establecimiento o predios de concentración ganadera".

El requisito confirma las denuncias de los productores en el sentido de que como consecuencia de la inundación aún quedan varios rodeos sin vacunar contra ambas enfermedades en los campos santafesinos.

Los productores indicaron que ante los pronósticos meteorológicos que anticipaban un otoño con muchas lluvias, las fundaciones habían resuelto anticipar la vacunación antiaftósica en Santa Fe pero que el SENASA retrasó la entrega de las dosis por lo que fue imposible cumplir con esa prevención.

Asimismo se informó que "para el otorgamiento de un DTA (Documento de Transporte Animal) que ampare una tropa que egresa de los departamentos afectados con destino a otro establecimiento el interesado deberá presentar la correspondiente Autorización de Ingreso de Hacienda".

En el caso de extenderse la emergencia hídrica a otros departamentos y/o provincias, la Supervisión Regional del SENASA respectiva deberá comunicar dicha situación a la Coordinación General de Campo, según informó el ministerio de la Producción.

Para más información, los productores pueden comunicarse con la Oficina Local del SENASA de su distrito; a la línea gratuita 0800-999-2386.

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