ver más

Ya superaste el límite de notas leídas.

Registrate gratis para seguir leyendo

3 de septiembre 2002 - 00:00

"A" 3713: ACTIVOS EXTERNOS DE CASAS DE CAMBIO (03/09/02)

ver más

El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.

COMUNICACIÓN ““
Ref.: Circular Camex 1 - 397
Posición General de Cambios de las Casas de
Cambio.
____________________________________________________________

Nos dirigimos a Uds. para llevar a su conocimiento que se ha dispuesto lo siguiente con vigencia a partir del 9 de septiembre próximo inclusive, en relación a la posición general de cambios de las casas de cambio:

Las casas de cambio que registren activos externos en su posición general de cambios por un monto superior al equivalente en dólares estadounidenses 1500000, deberán depositar el excedente a su orden en cuentas en dólares estadounidenses constituidas en el Banco Central, que dará a conocer por separado, las instrucciones operativas correspondientes.

Se admitirá a los efectos del manejo de las operaciones cambiarias, un margen sobre el límite establecido precedente, no mayor al 10% al cierre de cada día de operaciones.

Saludamos a Uds. muy atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Jorge L. Rodríguez
Gerente de Exterior y Cambios

Raúl O. Planes

Últimas noticias

Te puede interesar

Otras noticias