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23 de junio 2004 - 00:00

AFIP aumentó importe mínimo para deducir incobrables en ganancias

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A través de la resolución general 1693 de la AFIP publicada hoy en el Boletín Oficial, se modificó el importe máximo de los créditos morosos de escasa significación originados en operaciones comerciales, que resultan deducibles de las rentas de tercera categoría en el impuesto a las Ganancias.

En los considerandos de la medida, se menciona que sectores de la actividad económica, así como entidades de profesionales en ciencias económicas, plantearon la inconveniencia operativa de iniciar acciones judiciales cuando el costo de llevarlas a cabo sea igual o superior al ingreso por el cobro de créditos morosos.

La AFIP decidió incrementar de 1.500 a 5 mil pesos el importe máximo de los créditos incobrables, "atendiendo las aludidas razones de economicidad".

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