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7 de octubre 2004 - 00:00

Al menos se termina el absurdo de tasas negativas en depósitos

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Según la estimación difundida ante el Senado por el presidente del Banco Central,
El gravamen se aplica de manera diferencial según la duración del plazo fijo, siempre que el dinero saliera de una cuenta corriente:

• Para los de 35 días, el impuesto que se aplicaba hasta ahora era de 0,2% (entre el débito y el crédito).

• Para los mayores de 35 días, se aplicaba la alícuota general, es decir 1,2%, con la posibilidad de aplicar 0,2 de punto a cuenta de Ganancias.

Por lo tanto, en el caso de plazos fijos a un mes se daba la siguiente situación:





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